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Capítulo 2: La autonomía (relacional) del paciente y la objeción de conciencia sanitaria

Páginas87-190
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LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA SANITARIA
SU CONFLICTO CON LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE:
UNA REFERENCIA A LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA INSTITUCIONAL
Editorial El Jurista
CAPÍTULO 2
LA AUTONOMÍA (RELACIONAL) DEL PACIENTE
Y LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA SANITARIA
1.- LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE
1.1 El paternalismo en la medicina
Gerald Dworkin entiende por “paternalismo”: “La interferencia
en la libertad de acción de una persona justicada por razones
que se reeren exclusivamente al bienestar, el bien, la felicidad,
las necesidades, los intereses o los valores de la persona coac-
cionada”125. Si extrapolamos este concepto al objeto de nuestro
estudio, claramente resulta insuciente, puesto que en la me-
dicina el paternalismo se puede manifestar de muchas maneras
y no tan sólo a través de la coacción, sucede por ejemplo en la
omisión de información clínica por la creencia de que el paciente
se encontraría en un estado que le impediría la comprensión de
un diagnóstico médico, por lo que dicho ejemplo deriva de una
conculcación al consentimiento informado. Siguiendo el plantea-
miento de Macario Alemany, el factor común a todos los casos de
paternalismo es que éstos constituyen un ejercicio de poder de
un sujeto, el agente paternalista, sobre otro sujeto, el tratado pa-
ternalistamente, según el citado autor, el poder suele entenderse
como: “La capacidad que un individuo o un conjunto de individuos
tiene para afectar el comportamiento (o, en sentido quizás más ge-
125 ALEMANY, MACARIO. 2006. El paternalismo jurídico. Madrid. Editorial ius-
tel, p. 126.
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Editorial El Jurista
neral, a los intereses) de otro o de otros”126, por lo que en la situa-
ción médica, el facultativo ejerce un poder sobre un paciente, lo
que devenga en una relación asimétrica que propicia un vínculo
de carácter paternalista entre médico y paciente.
Según Lukes hay tres enfoques de poder, el primero de ellos
corresponde al “unidimensional”, según dicha perspectiva ejer-
cer poder implica una tentativa exitosa por parte de un sujeto
para que otro haga algo, que sin duda éste no haría. Si llevamos
el enfoque unidimensional al ámbito sanitario, un claro ejemplo
de éste sería cuando hay una discrepancia entre médico y pa-
ciente, en que este último rechaza el tratamiento del médico y sin
embargo termina prevaleciendo la decisión del facultativo, sopor-
tando el paciente el tratamiento que no quería recibir127. El se-
gundo enfoque corresponde al bidimensional, en el cual los con-
ictos de intereses entre quienes tienen el poder y quienes están
sujetos al poder pueden resolverse a favor de los primeros, por
medio de excluir la ocasión de decidir sobre tal conicto, dicho
enfoque bidimensional se maniesta en que las decisiones sobre
un tratamiento son tomadas abiertamente por el facultativo, ob-
viando la autonomía del paciente128. En tanto el tercer enfoque
corresponde al tridimensional, en el cual el poder no necesita
de una situación de conicto observable para ser ejercido, dicho
enfoque se traduce como un poder de manipulación sobre los
individuos, traduciendo este tercer concepto al ámbito sanitario,
se puede evidenciar claramente en campañas que fomentan las
conductas que evitan daños para las personas, tales como la pro-
moción de preservativos por parte de la autoridad sanitaria para
evitar embarazos no deseados129.
De las concepciones anteriormente descritas se permite inferir
que una política paternalista tanto en el ámbito sanitario como
126 ALEMANY, MACARIO. 2011. El paternalismo médico. En: GASCÓN ABE-
LLÁN, MARINA; GONZÁLEZ CARRASCO, MARÍA DEL CARMEN; CANTERO
MARTÍNEZ, JOSEFA. Derecho sanitario y bioética. Cuestiones actuales. Es-
paña. Editorial Tirant Lo Blanch, pp. 745-788.
127 LEMANY, M.; El paternalismo mé…, ob. cit., p. 748.
128 Ibídem, p. 749.
129 Ibídem, p. 750.
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SU CONFLICTO CON LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE:
UNA REFERENCIA A LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA INSTITUCIONAL
Editorial El Jurista
en cualquier aspecto de la vida de las personas, el poder puede
adoptar la forma de coerción (que implica necesariamente una
amenaza), fuerza o bien una manipulación de carácter colectiva.
El Oxford English Dictionary conceptualiza el paternalismo,
en una primera acepción, como “El principio y la práctica de la
administración paternal, el gobierno como un padre; la pretensión
o el intento de suplir las necesidades o regular la vida de una Na-
ción o comunidad de la misma forma que un padre con sus hijos”
y en un segundo sentido como: “El principio de actuar del modo
como un padre en relación con sus hijos”130, en tanto el Dicciona-
rio de la Real Academia española lo señala como “La tendencia a
aplicar las formas de autoridad y protección propias del padre en
la familia tradicional a relaciones sociales de otro tipo; políticas,
laborales, etcétera”131.
Siguiendo el criterio de Macario Alemany el paternalismo con-
sistiría en evitar daños y no en beneciar, evitando daños de tipo
físico, psíquico o económico y no daños de otro tipo, en particu-
lar daños morales. Según señala el mentado autor: “Una doble
restricción que está justicada, en parte, porque reeja el uso del
término paternalismo se ha llevado a cabo en la discusión aca-
démica y, en parte, por el propósito de separar los problemas de
justicación del paternalismo de los problemas de justicación del
denominado perfeccionismo”132, por lo que el perfeccionismo so-
lamente busca el bienestar de la persona, evitando así daños
morales. Un buen ejemplo de perfeccionismo sería un campaña
de gobierno que pretenda fomentar el ejercicio físico con el n de
mejorar la calidad de vida de las personas. En un sentido similar
Herbert L.A. Hart considera aceptable el paternalismo jurídico,
a su juicio, la protección de la gente contra sí misma es una
política perfectamente coherente, por lo que el paternalismo se-
gún Hart pretende dar protección contra los actos propios de las
personas que puedan causar algún tipo de daño psíquico, físico
o económico133.
130 ALEMANY, M.; El paternalismo jurí…, ob. cit., p. 29.
131 Ibídem, p. 30.
132 ALEMANY, M.; El paternalismo mé…, ob. cit., p. 752.
133 ALEMANY, M.; El paternalismo jurí…, ob. cit., p. 115.

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