CAPITALES MOBILIARIOS LR SpA - 6 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 942445098

CAPITALES MOBILIARIOS LR SpA

Número de registroCVE-2372948
Fecha de publicación06 Septiembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.646
CVE 2372948 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.646 | Miércoles 6 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2372948
EXTRACTO
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda
359, Santiago, Por escritura de fecha 9 de agosto de 2023, ante mi, comparece don ANDRÉS
PAULO LYON VALDIVIESO, chileno, soltero, abogado, C.I. Nº 13.442.023-5, en
representación de INVERSIONES LO RECABARREN LIMITADA, sociedad del giro de su
denominación, Rut Nº 76.156.198-7, ambos domiciliados para estos efectos en, Avenida Alonso
de Córdova Nº 4.355, oficina 1.004, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, viene en
disolver y liquidar la Sociedad CAPITALES MOBILIARIOS LR SpA Rut:77.622.824- 9,
inscrita a fojas 57.703 Nº 25.533 del registro de Comercio de Santiago año 2022 y su capital
asciende a la suma de $20.000.000. UNO) Disolución y Liquidación de sociedad: El
compareciente en calidad de único y actual accionista de la Sociedad CAPITALES
MOBILIARIOS LR SpA viene en declarar la disolución de esta sociedad en conformidad a lo
dispuesto en el artículo décimo séptimo del título sexto de los estatutos sociales producto que el
Servicio de Impuestos Internos no autorizó la inscripción de la sociedad en el régimen tributario
establecido en el artículo catorce B) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y por tanto, se vió
impedida para desarrollar los negocios para los cuales fue constituida, y procede a su liquidación
según la forma establecida en las estipulaciones de la escritura extractada, se procede a devolver
el monto de capital aportado por el accionista, equivalente a $20.000.000.- Demás estipulaciones
en escritura extractada. Santiago, 28 agosto 2023.

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