Decreto 769 - CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A 'CORPORACIÓN SOCIEDAD NIÑO AGREDIDO', DE SANTIAGO
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Decreto |
CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A "CORPORACIÓN SOCIEDAD NIÑO AGREDIDO", DE SANTIAGO
Santiago, 8 de noviembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 769.- Vistos: estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; en los artículos 25 y 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado en su Informe Nº 959, de 18 de octubre de 2007.
Considerando:
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- Que, a la entidad denominada "Corporación Sociedad Niño Agredido", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, se le concedió personalidad jurídica por decreto supremo Nº 359, de fecha 2 de abril de 1991, del Ministerio de Justicia, publicado en Diario Oficial de fecha 24 de abril de 1991, y tomado razón por la Contraloría General de la República el 12 de abril de 1991.
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- Que, esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979 y sus modificaciones, dispuso de oficio un procedimiento de fiscalización a la entidad, luego de tomar conocimiento de las investigaciones por presuntas irregularidades que lleva adelante el Ministerio Público.
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- Que, ante la grave situación respecto del funcionamiento de la entidad, esta Secretaría de Estado dictó una serie de providencias, por medio de las cuales, solicitó diversa información tendiente a determinar cómo era efectivo que la entidad daba cumplimiento a sus finalidades. Asimismo, fiscalizadores de este Ministerio concurrieron en dos oportunidades a la sede de la entidad, con el mismo objeto.
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- Que, en el marco de la investigación se recepcionaron informes de la Policía de Investigaciones de Chile y un inserto publicado en el diario "El Mercurio", de fecha 5 de agosto de 2007, por medio de los cuales se daba a conocer que la fiscalizada habría cesado sus funciones, con lo cual no podría seguir dando cumplimiento a su objeto social, y por ende, vulnerando gravemente sus estatutos.
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- Que, teniendo en cuenta la información contenida en el numeral anterior, la nula respuesta por parte de la entidad a los requerimientos hechos por este Ministerio y habiéndose constatado por fiscalizadores de este mismo organismo, mediante visitas inspectivas, que la entidad no cumplía sus fines, se solicitó, por medio de ord...
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