Causa nº 31949/2014 (Otros). Resolución nº 86748 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 8 de Junio de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 573231294

Causa nº 31949/2014 (Otros). Resolución nº 86748 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 8 de Junio de 2015

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2015
MovimientoSENTENCIA DE REEMPLAZO
Rol de Ingreso31949/2014
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación439-2014 C.A. de Talca
Rol de Ingreso en Primer InstanciaS-2229-2012 4º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, ocho de junio de dos mil quince.

En cumplimiento a lo prevenido en el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del considerando octavo.

Y teniendo en su lugar y además presente:

Primero

Que la sociedad Fabricación Importación y Servicios Industriales Harry y Burns Chile Limitada interpuso reclamación del monto provisional regulado como indemnización por la expropiación del lote de terreno N°15 necesario para la Obra Pública Habilitación Circunvalación Sur de Talca, Séptima Región. El lote tiene una superficie de 184,59 metros cuadrados y corresponde a la propiedad Rol 1932-6 de la comuna de Talca; y la Comisión de Peritos lo tasó provisionalmente en la suma de $36.159.000.-, que con los reajustes legales quedó en la suma de $36.799.014.-

En su reclamación solicita que se fije el monto de la indemnización definitiva en la suma total de $97.206.000.-, o la suma mayor o menor que el Tribunal estime de justicia, haciendo presente que los valores tasados por la Comisión respectiva para la determinación de la indemnización provisional son insuficientes, están muy alejados de la realidad del mercado y de los perjuicios materiales infringidos por la expropiación que sufre, por consiguiente no reflejan el real valor del inmueble expropiado.

La indemnización solicitada la desglosa en los siguientes conceptos: 1.- Terreno: La suma de $73.836.000, a razón de $400.000 por cada uno de los 184,59 metros cuadrados de terreno expropiados. 2.- Edificaciones: La suma de $22.050.000, que se desglosa de la forma que sigue: a) Vivienda base, a razón de $350.000 por cada uno de los 50 metros expropiados, esto es la suma de $17.500.000; b) Ampliación de albañilería, a razón de $350.000 por cada uno de los 13 metros expropiados, esto es la suma de $4.550.000.- Obras Complementarias: La suma global de $1.320.000, que no será reclamada por su parte. Total del monto reclamado: Noventa y siete millones doscientos seis mil pesos ($97.206.000.-)

Segundo

Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 inciso primero del Código Civil incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta, lo que constituye la principal regla de distribución de carga de la prueba en nuestro ordenamiento jurídico.

Por ello es que correspondía a la reclamante demostrar la justificación de su demanda a los fines de aumentar el monto de la indemnización que solicita.

Tercero

Que la parte reclamante rindió prueba pericial en la cual se concluye que el terreno expropiado debe...

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