Borrador constitucional: débiles controles en el proceso legislativo y justicia constitucional insuficiente - Núm. 1548, Junio 2022 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 906855475

Borrador constitucional: débiles controles en el proceso legislativo y justicia constitucional insuficiente

Páginas1-5
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
1548 1
17 de junio de 2022
ISSN 0717-1528
1
BORRADOR CONSTITUCIONAL: DÉBILES
CONTROLES EN EL PROCESO LEGISLATIVO Y
JUSTICIA CONSTITUCIONAL INSUFICIENTE
LAS CONSTITUCIONES SON LA FORMA DE CONTROLAR AL PODER
Las constituciones se establecen para limitar el poder del Estado y asegurar los
derechos y libertades de las personas. Como señala Manuel Aragón, “nadie, o casi
nadie, entre los autores de prestigio, ha negado radicalmente, en los últimos ciento
cincuenta años, que el concepto de Constitución sea por completo ajeno a la
limitación del poder
1
. Una Constitución que no establece una adecuada división de
poderes y que no limita el poder, no es una verdadera Constitución.
Por supuesto, algunas constituciones establecen limitaciones más efectivas que
otras. En la tradición occidental, el Estado es objeto de control principalmente por
dos mecanismos. Uno es la declaración o el reconocimiento de las libertades y
derechos fundamentales de las personas, inviolables por el Estado y judicialmente
reclamables. El otro es la separación de los poderes del Estado que impiden la
arbitrariedad y se controlan recíprocamente para prevenir o impedir la infracción a
la ley. De aquí que, al analizar una Constitución, debemos evaluar la efectividad de
ambas vías de control.
El borrador de nueva Constitución debilita los mecanismos de control. Por una
parte, en lo que concierne al proceso legislativo, elimina y debilita los contrapesos
1
Aragón Reyes, M, “El Control como elemento inseparable del concepto de Constitución”, Revista Española
de Derecho Constitucional, Año 7, N°19, 1987, p. 17.
El borrador de nueva Constitución establece pocos contrapesos, dando un excesivo
poder al Co ngreso de Diputado(a)s respecto al Presidente de la República y la Cámara
de las Regiones.
Al eliminar el control preventivo y restringir severamente el control represivo de
constitucionalidad, la propuesta constitucional elimina uno de los principales
mecanismos de control del poder político.
El resultado es un deterioro de la democracia constitucional en un Estado de Derecho,
en perjuicio de los derechos y libertades de las personas.

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