Bien familiar. Declaración de
Autor | Aníbal Cornejo Manríquez |
Cargo del Autor | Abogado. Universidad de Chile |
Actualizado a | Enero 2022 |
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Procedimiento: Ordinario ante los Tribunales de Familia
Materia: Declaración de Bien Familiar
Demandante:..........................
Rut:......................................
Abogado patrocinante:..............
Rut:......................................
Apoderado:........................
....
Rut:.................................
.....
Demandado:.....................
.....
Rut:...............................
EN LO PRINCIPAL: Solicita se declare bien familiar que indica; PRIMER OTROSÍ Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Se dicte resolución de declaración de bien familiar provisoria y decrete su inscripción; TERCER OTROSÍ: Se oficie; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y poder.
S.J.L. de Familia............................, de profesión u oficio..................., domiciliada en la ciudad de............................, a V.S., con todo respeto digo:
Que, vengo en solicitar, se declare bien familiar el inmueble ubicado en............................, e inscrito a nombre de mí cónyuge con domicilio particular en............................, calle............................y domicilio laboral en............................y que
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sirve de residencia principal a la familia habida del contrato de matrimonio, con el demandado, basándose en los antecedentes de hecho y derecho que paso a exponer:
Que, soy casada en régimen de separación total de bienes con el demandado hace............................años y separada de hecho con el mismo por más de............................, en los últimos meses de nuestra convivencia el demandado me dijo que............................ Ante estos antecedentes tengo fundado temor que como represalia decida vender la propiedad e irse de la ciudad quedando los niños y yo sin un lugar donde vivir.
Si bien es cierto que nos casamos con régimen separación de bienes, cuyas consecuencias jurídicas desconocía, no es justo que la casa que tanto nos costó adquirir, que tanto sacrificios ha significado la venda, dejándonos a mí y nuestros hijos dando vueltas de allegados, arrendando quizás que casa o piezas. Todo lo cual fundo en art. 141 inciso 1, parte final, del Código Civil.
La ley, señala que es el cónyuge quien debe solicitar en Procedimiento Ordinario ente los Tribunales de Familia que se declare en sentencia judicial el inmueble ocupado por la familia como BIEN FAMILIAR, y con el objeto de que la declaración de bien familiar no sea burlada por el otro cónyuge, la norma dispone que la sola interposición...
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