Causa nº 70807/2016 (Casación). Resolución nº 656615 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 652935125

Causa nº 70807/2016 (Casación). Resolución nº 656615 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Noviembre de 2016

JuezS Gloria Ana Chevesich R.,Andrea Muñoz S.,Carlos Cerda F.
Corte en Segunda Instancia- C.A. de Puerto Montt
Rol de ingreso en primera instanciaC-7237-2014
Número de expediente70807/2016
Fecha09 Noviembre 2016
Rol de ingreso en Cortes de Apelación1385-2015
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesBARRIENTOS PAREDES PAOLA Y OTRA CON FEDERICO DORNER PARIS Y OTROS
Sentencia en primera instancia- 1440000000-0
Número de registro70807-2016-656615

Santiago, nueve de noviembre de dos mil dieciséis.

Visto y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que confirmó aquella que rechazó la querella de restitución.

Segundo

Que la recurrente denuncia la vulneración de los artículos 924, 926 y 1700 del Código Civil, 160, 342, 384 y 428 del Código de Procedimiento Civil. Argumenta, en síntesis, que se logró acreditar la posesión inscrita de la propiedad cuya restitución demanda a través de la prueba documental y testimonial que rindió. Explica que se acompañó copia autorizada de la inscripción de dominio y de toda la historia registral hasta llegar a la inscripción original, y se rindió prueba testimonial que dio cuenta de los actos de despojo de la demandada, antecedentes que están en concordancia con los informes de carabineros que se adjuntaron y con el informe pericial.

Tercero

Que la sentencia estableció como hechos de la causa, en lo que interesa al recurso, los siguientes: a.- No se acreditó que la actora estuvo en posesión de la porción de terreno cuya restitución demandó, esto es, 20.000 metros cuadrados de superficie que corresponde a la parte sur del inmueble inscrito a fojas 5102, N° 7026 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt; b.- La querellante es dueña de 4,60 hectáreas de un predio ubicado en Panitao; c.- No se probó que la porción de terreno reclamada forma parte de la inscripción de dominio referida; d.- No se acreditó la existencia de actos materiales que impliquen privación de la posesión por parte de los demandados.

0141332095088

Cuarto

Que sobre la base del sustrato fáctico recién pormenorizado, la sentencia cuestionada estimó que no se daban los presupuestos para acoger la querella de restitución, teniendo en consideración que no se probó por la actora haber estado en posesión material, tranquila y no interrumpida del retazo de terreno objeto de la litis, como tampoco su privación por parte de los demandados.

Quinto

Que del tenor del recurso, aparece que se desarrolla sobre la base de cuestionar e impugnar los presupuestos fácticos y conclusiones establecidas por los jueces del fondo en relación con...

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