Aumenta a 180 días el plazo para cobrar premios de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914499328

Aumenta a 180 días el plazo para cobrar premios de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción.

Fecha13 Septiembre 2007
Fecha de registro13 Septiembre 2007
Número de Iniciativa5340-05
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Hacienda
Autor de la iniciativaBecker Alvear, Germán, Bertolino Rendic, Mario, Delmastro Naso, Roberto, Galilea Carrillo, Pablo, García García, René Manuel, Isasi Barbieri, Marta, Vargas Lyng, Alfonso
MateriaJUEGOS DE AZAR
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
el artículo <a href="https://vlex.cl/vid/decreto-100-fija-texto-refundido-chile-238926458">60</a> N° <a href="https://vlex.cl/vid/decreto-100-fija-texto-refundido-chile-238926458">19</a> de la <a href="https://vlex.cl/vid/decreto-100-fija-texto-refundido-chile-238926458">Constitución</a> Polític a dispone:

Aumenta a 180 días plazo, para cobrar premios de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción

Boletín N° 5340-05



CONSIDERANDO:


1.- Que, el artículo 6019 de la Constitución Política dispone que “Sólo son materias de ley: Las que regulen el funcionamiento de loterías, hipódromos y apuestas en general”.


2.- Que, en Chile, las únicas empresas de loterías autorizadas por ley para administrar juegos de azar y apuestas son la Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción.


3.- Que, el plazo para cobrar los premios es de 60 días.


4.- Que, para los sorteos realizados por la Lotería de Concepción, ello esta estipulado en la ley número 18.568, que “Establece Normas Sobre Lotería de Concepción” al disponer en su artículo 8° que “El derecho a cobrar los premios caducará transcurridos que sean 60 días desde la fecha en que se verifique el respectivo sorteo”. En el caso de los sorteos de la Polla Chilena de Beneficencia el plazo está regulado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 152 del Ministerio de Hacienda de 1980, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica de Polla Chilena de Beneficencia que señala en su artículo 12: “Los premios se pagarán hasta 60 días después de la fecha en que se efectúe cada sorteo”.


5. - Que, antes del año 1982, específicamente en el caso de la Polla Chilena de Beneficencia, el plazo para el cobro de los premios era de 180 días. Así, lo establecía el Decreto con Fuerza de Ley N° 120, que “Fija Normas por las que se Regirá la Empresa del Estado Denominada Polla Chilena de Beneficencia”, según lo estipulaba el artículo 9º al señalar: “El remanente de cada sorteo, obtenido por concepto del valor de los premios que obtuvieren los boletos no vendidos y de los premios no cobrados por el público, transcurridos ciento ochenta días (180) desde la fecha del sorteo, se invertirá anualmente, previas las deducciones que correspondan en la forma señalada en el artículo anterior.”Este plazo fue modificado por la Ley N° 18.196, del año 1982 que en su artículo 12 estableció que:”Los premios se pagarán hasta 60 días después de la fecha en que se efectúe cada sorteo.”


6.- Que, este plazo, dificulta muchas veces a los dueños de los boletos premiados a cobrarlos, ya sea que se encuentren enfermos, fuera del país, u otra circunstancia. Es más, actualmente tanto la Polla Chilena de Beneficencia, como la Lotería de Concepción permiten jugar en un solo boleto hasta 15 sorteos por adelantado, el boleto dura aproximadamente un mes, con lo cual una persona puede obtener algún premio en el primer sorteo jugado, y, si lo verifica al término de todos los sorteos en que dicho boleto participó, sólo le quedará un mes para el cobro del premio.


7- Que, en la mayoría de los países donde se efectúan sorteos similares el plazo para el cobro de los premios es mayor.

Es así, como en México la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública establece en su artículo 9° que:”El...

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