Declaración de Impacto Ambiental. Atracadero Para Naves Menores - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 928970532

Declaración de Impacto Ambiental. Atracadero Para Naves Menores

En representación devictor maloy hey
Monto0,0340 Millones de Dólares
Fecha de registro19 Diciembre 2013
Fecha19 Diciembre 2013
EtapaNo Admitido a Tramitación
Titular del proyectoservicios portuarios rapa nui limitada
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA) Documento
Declaración de Impacto Ambiental
"Atracadero para Naves Menores"
servicios portuarios rapa nui limitada
Rep. Legal: victor maloy hey
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 20 de Noviembre de 2013
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Antecedentes Generales del proyecto

    • Nombre del Proyecto
      Atracadero para Naves Menores
    • Región
      Región de Valparaíso
    • Comunas
      Isla de Pascua
    • Tipología de Proyecto:
      f.- Terminales marítimos
    • Tipologías secundarias
      f-Terminales marítimos

    • Descripción

      ANTECEDENTES GENERALES

      · Descripción Breve

      · Objetivo

      · Fecha estimada de inicio de ejecución

      · Monto de inversión en dólares

      · Vida Útil del Proyecto

      · Mano de Obra por Fase del Proyecto

      · Descripción cronológica de sus fases

      · Superficies

      · Localization

      · Justificación de su localización

      · Localización georreferenciada

      · Descripción del Proyecto
      Definición de partes, obras y acciones Principales emisiones, descargas y residuos

      · Análisis del artículo 10 y 11 Ley 19.300

      · Indicación de normativa ambiental aplicable y su forma de cumplimiento (art 12 bis c)

      · Indicación de los PAS aplicables y los antecedentes para su cumplimiento (art 12 bis d)

      · Descripción de relación del proyecto con planes y programas de desarrollo regional (art 9 ter)

      · Descripción de relación del proyecto con planes de desarrollo comunal (art 9 ter)

      · Anexos

      El Titular del proyecto, la SOCIEDAD SERVICIOS PORTUARIOS RAPA NUI LIMITADA es una sociedad de responsabilidad limitada incorporada en Isla de Pascua durante el mes de septiembre del año 2013 con el objetivo de ofrecer servicios de desestiba de Barcazas tipo nave menor de menos que 50 toneladas y ofrecer servicios de recepción de los pasajeros de cruceros que pasan por Isla de Pascua.

      Representante Legal y Socio de la SOCIEDAD SERVICIOS PORTUARIOS RAPA NUI LIMITADA es don Victor Maloy Hey Chavez de Etnia Rapa Nui.

      El PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES está ubicado en la caleta de Hanga Piko, en la comuna de Hanga Roa, Provincia de isla de Pascua, Quinta Región.

      La caleta de Hanga Piko es una dársena artificial que fue construido en varias etapas durante el siglo pasado por la dirección de Obras portuarias del Ministerio de Obras Publicas.

      La caleta de Hanga Piko es la caleta principal de Isla de Pascua y el único lugar apto para la carga y descarga de barcazas da carga tipo nave menor.

      La caleta de Hanga Piko no tiene suficiente profundidad para poder recibir naves mayores sobre 50 toneladas y por lo tanto los barcos de carga se quedan en las afueras de la caleta de Hanga Piko anclados en mar abierto.

      La entrada a la Caleta de Hanga Piko desde el mar pasa por un corredor rocoso angosto de unos aproximadamente ochenta metros de ancho lo que impide el ingreso seguro de naves mayores sobre 50 toneladas a la dársena de Hanga Piko.

      El traslado de la carga desde los buques de carga que traen mercadería principalmente desde Valparaíso se hace vía barcazas tipo nave menor.

      Los barcos de cargo vienen equipados con grúas que son usadas para trasladar la carga del buque de carga a las barcazas.

      Las barcazas cargadas con mercadería desde los buques de carga entran a la caleta de Hanga Piko por el corredor angosto y una vez en la dársena de Hanga Piko se amarran a un atracadero y son descargadas vía un camión grúa que traslada la carga de las barcazas directamente a camiones o guardan la carga en la losa del atracadero desde donde posteriormente la carga está cargada a camiones con horquillas.


    • Objetivo

      El PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES es un Proyecto nuevo, desarrollado en sectores del borde costero administrado por la armada de Chile ubicado en Isla de Pascua.

      El Titular del Proyecto obtiene Concesión Marítima Menor de diez años a partir de fines del año 2013 sin mejora fiscal para el terreno requerido para el Proyecto.

      Los sectores concesionados por la armada de Chile al titular del proyecto son de tres categorías distintas: Terreno de Playa, Playa y Fondo Mar.

      El objetivo del PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES es construir un pequeño atracadero con loza para el atraque y la desestiba de Barcazas tipo nave menor y la recepción de pasajeros de cruceros vía naves menores.


    • Fecha estimada de inicio de ejecución
      12/2/2014
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      34000
    • Vida Útil
      50 años
    • Mano de Obra por Fase del Proyecto
      Fase Mano de Obra Promedio Mano de Obra Máxima
      Construcción 8 10
      Operación 4 6
      Cierre o abandono 8 10

    • Descripción cronológica de sus fases
      • carta gantt
    • Superficie
      Tipo de superficie Superficie Unidad
      concesion terreno playa 1999 m2
      concesion de playa 742 m2

    • Localización

      El PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES está ubicado en la caleta de Hanga Piko, comuna de Hanga Roa, provincia de Isla de Pascua, Quinta Región.

      El entorno de la caleta de Hanga Piko, está marcado por la existencia de tres atracaderos en la dársena de Hanga Piko.

      En lo principal, el área se caracteriza por la existencia de actividades portuarias con Caminos pavimentados, centros de buceo, restaurantes, centro de rehabilitación física, centro de canotaje, que en su conjunto, conforman un lugar portuario que abastece la totalidad de los materiales llegando a la Isla de Pascua por vía marítima.

      El área de influencia del Proyecto, fundamentalmente la Dársena de Hanga Piko, concentra la mayor parte de las actividades portuarias, destacándose la presencia del varadero de la Armada de Chile y la presencia de barcazas de carga y naves menores de pescadoresy de turismo.

      A su vez, en el lugar se concentra la mayor parte de la escasa población que habita en forma permanente en el sector, siendo su actividad principal las derivadas del turismo y buceo y la recreación y la descarga de buques.

      Entre ellos, debe destacarse los residentes dedicados a los paseos en bote.

      La caleta de Hanga Piko es la caleta principal y es la zona portuaria de Isla de Pascua y el único lugar apto para la descarga de barcazas tipo nave Menor de menos que cincuenta toneladas.

      El PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES, se localiza en el lado Nor Oeste de la dársena de Hanga Piko, que se ubica administrativamente en la comuna de Hanga Roa, Provincia de Isla de Pascua, Quinta Región.

      Al área del proyecto, se accede desde la comuna de Hanga Roa por el

      Camino asfaltado hacia el sur hasta la dársena de Hanga Piko.

      El PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES se encuentra a más que mil metros de distancia del Parque Nacional.

      Las coordenadas del eje “A” del Sector de Terreno de Playa, que es uno de los dos puntos de encuentro del PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES con la Calle principal Policarpo Toro son:

      Norte: 6995665.61 Este: 654600.875

      Latitude: 27°09'10.54" Longitude: 109°26'23.13"


    • Justificación de su localización

      Consideraciones Sobre la Localización

      Con relación a la localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar el PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES, es posible indicar que:

      El PROYECTO ATRACADERO PARA NAVES MENORES se emplaza en Isla de Pascua, lugar donde habita la etnia Rapa Nui, que corresponde a una población protegida por leyes especiales. El proyecto tiene contemplado dar empleo a personas de la etnia Rapa Nui.

      Con respecto al Parque Nacional Rapa Nui, se debe tener presente que el Parque Nacional Rapa Nui adquirió esta categoría legal el 16 de enero de 1935, mediante el Decreto Supremo Nº 103 del Ministerio de Tierras y Colonización publicado en el Diario Oficial el 16 de febrero del mismo año, que creaba los parques nacionales Islas Archipiélago Juan Fernández e Isla de Pascua. Además, en ese mismo año, mediante Decreto Nº 4.536 del 23 de julio, del año 1935, del Ministerio de Educación Pública, se declaró a la Isla Monumento Histórico Nacional.

      Con posterioridad, el 18 de marzo de 1966, mediante el Decreto Supremo Nº 148 del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial del 28 de abril del mismo año, se creó el Parque Nacional de Turismo Isla de Pascua. Este Decreto fue modificado en su parte resolutiva por el Decreto Supremo Nº 285 del 3 de junio de 1966 del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario oficial el 11 de julio de ese mismo año.

      Más tarde el 25 de octubre de 1968, se dicta el Decreto Supremo Nº 520 del Ministerio de Agricultura, publicado el 8 de noviembre en el Diario Oficial, que deroga el Decreto Supremo Nº 285 y reemplaza al Nº 1 contenido en la parte resolutiva del Decreto Supremo Nº 148 y ordena el archivo del nuevo plano.

      El 20 de diciembre de 1973, mediante el Decreto Supremo Nº 1.203 del Ministerio de Tierras, se concede el uso gratuito a la Corporación Nacional Forestal en Isla de Pascua.

      En 1976, mediante el Decreto Supremo Nº 556 del 18 de junio del Ministerio de Educación Pública, se declaran Santuario de la Naturaleza los islotes adyacentes a la Isla de Pascua.

      Mediante el Decreto Supremo Nº 213 del 21 de julio de 1976 del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial el 25 de octubre del mismo año, se modifican los límites y se cambia de nombre al Parque Nacional Isla de Pascua el que pasa a llamarse Parque Nacional Rapa Nui; se modifica el Decreto Supremo Nº 148 de 1966 y se derogan los números dos y tres del Decreto Supremo Nº 520 de 1968. Posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 781 del 21 de diciembre de 1983 del Ministerio de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial del 15 de febrero de 1984, nuevamente se modifican los deslindes del Parque Nacional, quedando esta vez con una superficie de 6.666 hectáreas.

      Finalmente, mediante Decreto Supremo N° 72 del 20 de marzo de 1995 del Ministerio de Bienes Nacionales, publicado en el Diario...

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