Decreto 683 EXENTO - ASIGNA USOS DE SUELO QUE INDICA AL SECTOR DENOMINADO ESMERALDA - MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 234752366

Decreto 683 EXENTO - ASIGNA USOS DE SUELO QUE INDICA AL SECTOR DENOMINADO ESMERALDA

EmisorMUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA
Rango de LeyDecreto

ASIGNA USOS DE SUELO QUE INDICA AL SECTOR DENOMINADO ESMERALDA

Núm. 683 exento.- Antofagasta, 17 de junio de 2010.- Vistos: El decreto alcaldicio exento Nº 112/2001, fechado 14 de noviembre de 2001, que aprueba el nuevo Plan Regulador Comunal de Antofagasta, aprobado por el Concejo Municipal de Antofagasta, en sesión ordinaria Nº 18, celebrada el día 25 de octubre de 2001; la carta del Jefe de Proyecto don Juan Mejías Durán de la Inmobiliaria e Inversiones Korlaet y Cía. Ltda., por la cual solicita el cambio de uso de suelo del sector denominado Esmeralda, enrolado bajo el Nº 477-3 en los lotes A-1 y A-2, de su propiedad, cuya superficie es de 4,6 hectáreas de uso de suelo industrial o de bodegaje a "Residencial con Áreas Verdes"; el Ord. (I) Nº 09/2010 de fecha 29 de marzo de 2010, por el cual el Asesor Urbanista (S), solicita la dictación de decreto alcaldicio para realizar modificación asignando al mencionado sector el uso de suelo asimilado a zonificación C1B definido en la Ordenanza Local del Plan Regulador Vigente del año 2002, en conformidad a las facultades indicadas en el artículo 2.1.14 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual señala que "cuando se trate de detallar usos de suelo a predios de hasta 5 hectáreas de superficie emplazados en áreas consolidadas con uso distinto al industrial o bodegaje, ubicados en zonas definidas por el Plan Regulador Comunal como de uso industrial o de bodegaje exclusivos, que no hubieren sido destinados a tales usos en un plazo máximo de 5 años desde la vigencia del Plan Regulador Comunal que les hubiere fijado dichos usos", el procedimiento será la dictación de decreto alcaldicio, envío de éste a los propietarios de los predios, los cuales tendrán un plazo de 15 días para formular las observaciones que dicha medida les parezca y, posteriormente, el Alcalde someterá el proyecto de Plano Seccional para su aprobación al Concejo Municipal, para ser publicado acto seguido en el Diario Oficial; la orden de servicio de la Alcaldesa A-10-3371, de fecha 5 de abril de 2010, por el cual ordena la dictación de decreto alcaldicio, de acuerdo a lo propuesto por el Asesor Urbanista (S); y en uso de las atribuciones legales que me confiere el DFL Nº 1 del Ministerio del Interior, de fecha 9 de mayo de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.695, dicto el siguiente,

Decreto:

Asígnanse los usos de suelo que a continuación se indican al sector denominado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR