Artículo de reseña: Criminal law in the age of the administrative state - Núm. 6, Febrero 2020 - Revista Latin American Legal Studies - Libros y Revistas - VLEX 852422745

Artículo de reseña: Criminal law in the age of the administrative state

AutorFernando Londoño
Páginas63-74
LATIN AMERICAN LEGAL STUDIES Volumen 6 (2020), pp. 63-74
NÚMERO ESPECIAL:
DERECHO CONSTITUCIONAL PENAL
Editor invitado: JaviEr WilEnmann
ARTÍCULO DE RESEÑA: CRIMINAL LAW IN THE AGE OF
THE ADMINISTRATIVE STATE
FErnando londoño*
Vincent Chiao, Criminal Law in the Age of the Administrative State
(Oxford University Press, 2019).
La monografía Criminal Law in the Age of the Administrative State1 (CLAAS, en lo
sucesivo) merece ser colocada en un trasfondo. Lo merece por su alto calibre y por
su ambiciosa nalidad. Ese trasfondo es nada menos que la evolución del Estado
Moderno (y de su Derecho). En palabras de un destacado autor anglosajón, Martin
Loughlin,2 aquella evolución se deja describir como un proyecto de progresiva secu-
larización y desacralización del Estado, comenzando por la fuente misma del poder
normativo-coercitivo y siguiendo con sus manifestaciones institucionales.
En la estela de ese proyecto –para nuestro campo– se ubica ciertamente la obra
de Cesare Beccaria, De los delitos y de las penas,3 tan cara para quienes nos hemos for-
mado bajo la tradición europeo-continental. Se trataba allí de distinguir el Derecho
Penal de la moral (sentando las bases para la dimensión objetiva o cuanto menos in-
ter-subjetiva de la lesividad), de distinguir la pena del sufrimiento expiatorio (sentando
las bases para un programa de garantías procesales y materiales). En suma, de un intento
(civilizatorio) de reducción de la violencia: del resentment y del blame (cap. 7, pp. 220
ss.), para usar los tér minos de Vincent Chiao. Creo que haría bien Vincent Chiao
en releer aquella vetusta obra, no porque le sea de alguna utilidad hoy (pasados más
de 250 años desde que apareciera), sino para que pueda reconocerse en un espíritu
alentado por las mismas buenas intenciones.
Pues bien, CLAAS da un paso más (¿el denitivo?) en aquel iter desacralizador,
y lo hace tomando por asalto uno de los últimos reductos “consagrados”. Pues, ¿te-
nemos alguna duda de que el derecho penal resiste todavía ese asalto? Quizás si la
naturaleza de su objeto explica aquello: pues se trata al n y al cabo de modicar
drásticamente las trayectorias vitales de personas de carne y hueso. Todo el Derecho
* Universidad Diego Portales, Chile (fernando.londono@udp.cl).
1 Chiao, (2019), (en lo sucesivo, CLAAS).
2 loughlin (2010).
3 BECCaria (1764). Una versión contemporánea puede hallarse disponible en http://www.
letteratur aitaliana .net/pdf/Volume_7/t157.pdf

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