Casación en el fondo, 26 de noviembre de 2003. Arrieta y Cox S.A. con Comercial Interpacific S.A.
Autor | Jorge Flisfisch Bronstein |
Páginas | 227-230 |
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En estos autos rol 4154-02 del 7º Juzgado Civil de Santiago sobre designación de árbitro, por resolución de 29 de octubre de 2002, la juez titular de dicho tribunal rechazó la petición hecha en tal sentido por don Jaime Ignacio Arrieta Correa, por sí y actuando en representaciónPage 228de la sociedad Arrieta y Cox S.A. Apelada dicha sentencia, una Sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, el 4 de marzo del año en curso, la confirmó. En contra de este fallo, los solicitantes dedujeron recurso de casación en el fondo.
Se trajeron los autos en relación.
LA CORTE
Considerando:
Primero: Que para decidir el asunto sometido al conocimiento de esta Corte:
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don Juan Ignacio Arrieta Correa, por sí y en representación de Arrieta y Cox S.A., pidió que se citara a Comercial Interpacific S.A., representada por uno cualquiera de los señores Iván Jesús Cortés Julio y José Leopoldo Alcalde Luisetti, a Representaciones del Pacífico Limitada, administrada por uno cualquiera de los señores José Leopoldo Alcalde Luisetti y María Victoria Griffin Barros y a don Iván Jesús Cortés Julio, don José Leopoldo Alcalde Luisetti y doña María Victoria Griffin Barros, a una audiencia para proceder al nombramiento de un árbitro que como arbitrador o amigable componedor resuelva las dificultades ocurridas entre las partes;
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fundamentando su presentación, señalan los solicitantes que la sociedad Comercial Interpacific S.A. tiene como únicos accionistas a la sociedad Mafor S.A. (99,97% de las acciones) y Representaciones del Pacífico Ltda. (0,03% de las acciones). Arrieta y Cox S.A., por su parte, es accionista de Mafor S.A. Además, son directores de Comercial Interpacific S.A. los señores Juan Ignacio Arrieta Correa, Iván Jesús Cortés Julio, José Leopoldo Alcalde Luisetti y doña María Victoria Griffin Barros;
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agregan que se han presentado dificultades entre Arrieta y Cox S.A. y don Jaime Ignacio Arrieta Correa, por una parte, con Comercial Interpacific S.A., con Representaciones del Pacífico Limitada y con el resto de los directores, señores Iván Jesús Cortés Julio, José Leopoldo Alcalde Luisetti y María Victoria Griffin Barros, por la otra;
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el artículo 18 de los estatutos de Comercial Interpacific S.A. señala que “las dificultades o controversias que ocurrieren entre los accionistas en su calidad de tales, o entre ellos y la sociedad o sus administradores, ‘o entre estas últimas personas’, sea durante la vigencia de la sociedad o en su liquidación, serán resueltas por un árbitro o amigable componedor, nombrado de común acuerdo por los interesados en la controversia, quien resolverá sin forma de juicio y sin ulterior recurso. A falta de acuerdo entre los interesados comprometidos en la controversia, el árbitro será...
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