Decreto 1 - APRUEBA ORDENANZA DE USO DE ESPACIOS PÚBLICOS - MUNICIPALIDAD DE LOS ANDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365430318

Decreto 1 - APRUEBA ORDENANZA DE USO DE ESPACIOS PÚBLICOS

EmisorMUNICIPALIDAD DE LOS ANDES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor20 de Marzo de 2012

APRUEBA ORDENANZA DE USO DE ESPACIOS PÚBLICOS

Los Andes, 13 de marzo de 2012.- Hoy la Alcaldía decretó lo siguiente:

Núm. 1.- Vistos:

  1. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.803 sobre Asignación de Mejoramiento de la Gestión Municipal.

  2. La presentación de la propuesta de Ordenanza aprobada por el H. Concejo Municipal en sesión extraordinaria Nº 6, de 29 de febrero de 2012, mediante el acuerdo Nº 21.

  3. Decreto alcaldicio Nº 5.440, de fecha 6 de diciembre de 2008, en virtud del cual asume como Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Los Andes don Mauricio Navarro Salinas.

  4. Resolución Nº 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial del día 6 de noviembre de 2008.

  5. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando: La necesidad de contar con un marco normativo a fin de establecer normas permanentes para el uso y entrega bajo título de permisos, comodatos y concesiones de los bienes nacionales de uso público de la comuna de Los Andes.

    Decreto:

  6. Apruébese Ordenanza Municipal de Uso de Espacios Públicos de Los Andes.

     

Artículo 1

La presente Ordenanza tiene por objeto establecer normas y disposiciones permanentes para el uso y entrega bajo título de permisos, comodatos y concesiones de los bienes nacionales de uso público de la comuna de Los Andes, especialmente de la Plaza de Armas y Parque Urbano Ambrosio O'Higgins.

Artículo 2

Para la entrega de permisos para la utilización de la vía pública en la comuna de Los Andes, deberá dirigirse una solicitud a la Administración Municipal, la que podrá requerir, para pronunciamiento, cuando corresponda, informe a la Dirección de Obras Municipales, Departamento de Tránsito, Departamento Jurídico y de Administración y Finanzas, fijando el derecho que corresponda por el permiso, de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza sobre Derechos Municipales.

La solicitud deberá presentarse con 30 días de anticipación a su inicio, y el derecho respectivo deberá ser pagado en Tesorería Municipal con antelación al inicio del ejercicio por parte del titular del permiso, del uso del espacio público.

Artículo 3

Para la entrega de bienes nacionales de uso público destinados a equipamiento comunal, deberá la organización comunitaria o funcional dirigir una solicitud a la Alcaldía, la que podrá requerir, cuando corresponda, informe a...

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