Decreto núm. 80, publicado el 14 de Noviembre de 1996. DISPONESE APLICACION DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS - MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEGRE - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470918018

Decreto núm. 80, publicado el 14 de Noviembre de 1996. DISPONESE APLICACION DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA ALEGRE
Rango de LeyDecreto

DISPONESE APLICACION DEL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS

Núm. 80.- Vistos:

  1. - Lo establecido en el Art. 1° de la Ley N° 19.380, que suspende la entrada en vigencia del Reavalúo de los Bienes Raíces no agrícolas hasta el 1° de Enero del año 2000.

  2. - Lo dispuesto en el Art. 2° de la misma Ley, en el cual se indica, que no obstante lo dispuesto en el Art. anterior, los Alcaldes con acuerdo del Concejo y mediante Decreto publicado en el Diario Oficial, podrán adelantar la fecha de vigencia del reavalúo, a que se refiere el Art. 1°.

  3. - La sesión del Concejo Municipal de fecha 27 de mayo de 1996, en la cual, por acuerdo unánime, se decide llevar a la práctica el reavalúo de Bienes Raíces no Agrícolas, a contar del primer semestre del año 1997.

  4. - Las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695/88, modificada por la Ley N° 19.130/92, he resuelto dictar el siguiente:

    D e c r e t o:

  5. - Dispónese la aplicación del Reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas de la comuna de Villa...

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