Resolución núm. 2331 EXENTA, publicada el 02 de Septiembre de 2011. ESTABLECE FÓRMULA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD DE PASAJEROS APLICABLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469562166

Resolución núm. 2331 EXENTA, publicada el 02 de Septiembre de 2011. ESTABLECE FÓRMULA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD DE PASAJEROS APLICABLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESTABLECE FÓRMULA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD DE PASAJEROS APLICABLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES

Núm. 2.331 exenta.- Santiago, 9 de agosto de 2011.- Visto: La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el Artículo Cuarto Transitorio de la ley Nº 20.378; la ley Nº 18.059; la ley Nº 18.696; el DL Nº 557; el DFL Nº 343, de 1953, y el DFL Nº 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo Nº 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior; el decreto Nº 122, de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que el 5 de septiembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.378, que crea un mecanismo de subsidio de cargo fiscal destinado a compensar los menores pagos que realizan los estudiantes en los servicios de transporte público remunerado de pasajeros.

  2. Que la ley citada otorgó, en su artículo Cuarto Transitorio, un aporte especial a los Gobiernos Regionales para el Transporte y Conectividad, para lo cual se constituyó una provisión especial en el presupuesto anual de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior.

  3. Que entre los gastos e inversiones contemplados con cargo a esta asignación, tomando en cuenta su impacto o rentabilidad social, se encuentra la ejecución de un programa especial, mediante el cual los Gobiernos Regionales estarán facultados para convocar a un proceso de renovación de buses, minibuses, trolebuses y taxibuses.

  4. Que mediante decreto supremo Nº 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior, se aprobó el Reglamento del Programa Especial de Renovación de Buses, Minibuses, Trolebusus y Taxibuses.

  5. Que dentro de los requisitos contenidos en el Reglamento antes indicado, se establece en su artículo 5 letra c), que el vehículo entrante tenga una capacidad en número de pasajeros, igual o superior al 90% respecto del vehículo saliente, de acuerdo a la fórmula que el Ministerio establezca por resolución dictada para tal efecto.

  6. Que corresponde establecer la fórmula referida...

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