C. de Apelaciones de Antofagasta, 7 de noviembre de 1996. Cortés Pizarro, Eduardo del Carmen (recurso de amparo) - Núm. 3-1996, Septiembre 1996 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 229229442

C. de Apelaciones de Antofagasta, 7 de noviembre de 1996. Cortés Pizarro, Eduardo del Carmen (recurso de amparo)

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Conociendo del recurso de amparo, LA CORTE

Vistos:

A fojas 4, don Manuel Pimentel Mena, abogado, domiciliado en calle Madame Curié 2362, oficina 13 de la ciudad de Calama, deduce recurso de amparo en favor de Eduardo del Carmen Cortés Pizarro, quien fuera detenido por orden dada por doña Margarita Gordillo Leyton, Juez del Primer Juzgado del Crimen de Calama, en la causa Rol 4.967/96-1, por giro doloso de cheque, manifestando que el delito en cuestión requiere para su configuración que el agente haya girado el cheque, es decir, se castiga al que ha faccionado y entregado el documento, a quien lo ha firmado, no procediendo que se extienda la responsabilidad al dueño de la cuenta corriente respectiva, el que, a lo sumo, podría tener responsabilidad civil, pero en ningún caso responsabilidad penal.

Expresa que en la gestión de notificación de protesto de cheque se establece que el documento fue firmado por doña Emiliana Vargas, por lo que el Tribunal de primera instancia no pudo desconocer esta circunstancia, razón por la que interpone el presente recurso, solicitando que sea acogido y mandando que el amparado sea puesto a disposición de este Tribunal y se decrete su libertad incondicional.

A fojas 11, la juez recurrida informa que en su Tribunal se sigue causa Rol 49.767-96, por giro doloso de cheque en contra de Eduardo Cortés Pizarro, según querella interpuesta por Nelson Ardiles Contreras, la que se encuentra en estado sumario y el querellado privado de libertad, desde el día 22 de octubre de 1996, por su responsabilidad en el giro del cheque Serie CU Nº 1277540, por la suma de $ 2.871.660, habiéndose seguido la gestión de notificación de protesto de tal documento en el Segundo Juzgado de Letras de Calama.

En la vista de la causa, surgió como necesario que la información proporcionada por la Juez recurrida se ampliara, decretándose la medida para mejor re-Page 256solver de fojas 12 y, en último término, se trajera a la vista el proceso respectivo, según consta de la resolución de fojas 49.

Con lo relacionado y considerando:

Primero: Que el recurso de amparo se funda en el hecho que don Eduardo del Carmen Cortés Pizarro, se encuentra privado de libertad en la causa Rol 4.967/96, por giro doloso de cheque, que se tramita en el Primer Juzgado del Crimen de Calama, en circunstancias que el documento que sirve de base al auto de procesamiento dictado en su contra, no fue girado por él, sino por doña Emiliana Vargas, razón por la que...

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