Antecedentes históricos - Parte primera. La actividad administrativa - Derecho de los servicios públicos - Libros y Revistas - VLEX 976574024

Antecedentes históricos

AutorJosé Araujo-Juárez
Cargo del AutorProfesor de Postgrado de Derecho Administrativo de la Universidad Católica Andrés Bello
Páginas95-210
95
CAPÍTULO 2
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
INTRODUCCIÓN
§37. Presentación del tema — La concepción contemporánea de servicio pú-
blico, es la llegada de un desarrollo histórico que ha permitido pasar de la idea
de servicio al público a una verdadera noción jurídica de servicio público (J.-P.
Valette)151. Es por eso que partiendo de la premisa que la construcción dogmática
jurídico-administrativa de la institución del servicio público es el resultado, para-
lelamente a la conguración u ordenación del Estado Constitucional, de un hecho
cultural regido por el Derecho, debemos tomar como referencia —a los nes de una
sinopsis histórica—, el momento en el cual dicho hecho fue de mayor trascendencia
para cada uno de los actores de la sociedad.
La importancia de hacer esta breve recensión sobre los antecedentes históri-
cos del concepto de servicio público se justica, por cuanto la esencia de cualquier
concepto jurídico exige una regresión histórica que perla datos y hace explicable
el carácter y notas que acompañan al mismo. Además de lo anteriormente señalado,
es que no puede comprenderse un concepto jurídico sin entender previamente la
noción ideológica o losóca imperante en un momento determinado. Tampoco
cabe la posibilidad de tener cabal entendimiento de una institución jurídica cual-
quiera, sin tener la compresión histórica del momento en que la misma aparece,
no sólo porque es un hito fundamental de la historia de nuestro Derecho público
contemporáneo, sino porque en muchos sectores económicos no solo de algunos
países de la Europa continental, sino de la mayoría de los países de Iberoamérica
bajo la inuencia francesa, es un régimen jurídico vigente, aunque necesitado de
una profunda revisión, lo que dará lugar a que se puedan determinar qué cambios
son necesarios para el diseño de lo que se ha pretendido en llamar «nuevo servicio
público» (Ariño Ortiz)152.
151 Valette, J.-P. (2000). Le service public a la française. Paris, Ell ipses, Le Droit, 9.
152 Ariño Ort iz, G. Ob. cit., nota 126, 479.
José ArAuJo-Juárez
96
sección 1.ª
perspectiva histórica
A. ORIGEN
I. Antecedentes
§38. Cuestión previa — La noción de servicio público presenta un rasgo sin-
gular y trascendente en cuanto a su construcción jurídica —si bien procede de la
ciencia económica y hacendística— y es que se nos presenta como una institución
que se ha construido participando del desarrollo y evolución del Derecho público y
no como un concepto plenamente elaborado antes de su implantación. Naturalmen-
te, ese desarrollo no se ha hecho en un día. Ha sido el producto de un trabajo que ha
durado cerca de dos siglos y ha sido preparado por un esfuerzo doctrinal curioso e
interesante, del cual no es inútil hacer algunas referencias.
La noción de servicio público que en sus orígenes fue, a la vez, criterio y fun-
damento del Derecho administrativo, señala D. Margairaz153, es una producción
decimonónica, cuyo contenido se enriquecerá y ampliará notablemente en el siglo
XX, en particular bajo la presión del desarrollo de los denominados servicios públi-
cos comerciales e industriales, hasta el punto de dar lugar en los años cincuenta del
siglo XX a lo que se ha llamado la «crisis de los servicios públicos». Pero el acopla-
miento de los dos términos apareció ya en el siglo XVIII y dio lugar a uno de esos
neologismos que, como «espíritu público», «opinión pública» o «servicio público»,
cuyo uso en sentido absoluto apareció durante la Revolución, «transformó, a través
del lenguaje, todo el campo de la experiencia política y social y denió nuevos ho-
rizontes de expectativas».
Así, el sintagma servicio público pertenece a esa categoría de conceptos que R.
Koselleck154 clasica como aquellos cuyo «contenido ha cambiado tan fundamental-
mente a lo largo del tiempo que, a pesar de la identidad del propio término, los sig-
nicados son difícilmente comparables y sólo son recuperables a nivel histórico».
El anterior criterio permite compartir la armación en cuanto que el Derecho
vive la vieja aporía del río uyente que cambia a cada instante y siempre sigue sien-
do el mismo; así cada período histórico construye su propio Derecho, condenado a
muerte cuando perezca aquél y, sin embargo, hay un núcleo que permanece inalte-
rable por debajo de sus manifestaciones episódicas (Nieto)155.
153 Margairaz, D. (2005). “L’invention du service public”: entre “changement matériel”
et “contrainte de nommer”. Revue d’Histoire Moderne & Contemporaine 20 05/3, Nº 52-
53, 10.
154 Koselleck, R. “Histoi re des concepts et histoire soc iale”. Le futur passé. Contribution à
la sémantique des temps histori ques. Paris, Éditions de l’EHESS, 1990 [1re éd. allem ande
1979].
155 Nieto, A. Ob. cit., nota 20, 9 y ss.
Parte Primera: La actividad administrativa
97
El anterior es el caso de la realidad del servicio público —si bien la noción jurí-
dica es ausente—, la cual como observaremos de seguida, ha estado presente desde
las primeras organizaciones sociales, mostrando signicativos cambios y trasforma-
ciones en cuanto a su regulación, pero manteniendo inalterable su núcleo y funda-
mento constituido por el logro de la satisfacción o, más propiamente, la realización
del interés público, independientemente de la forma de prestación asumida.
De allí que estudiar el origen histórico de la noción de servicio público como
eje de la evolución del Derecho administrativo156, plantea la revisión de la evolución
de Estado Constitucional en cuanto a sus postulados económicos, jurídicos, sociales
y políticos, en razón de lo cual concluye Nieto157: «el régimen administrativo es una
resultante de determinadas creencias políticas y de la misma historia; por eso, como
todo producto histórico, sólo puede comprenderse en su total dimensión a través
de su evolución».
De ahí que no sea exagerado armar, que el servicio público ha sido el punto
de referencia en torno al cual ha gravitado el fenómeno más decisivo para la trans-
formación del sistema jurídico a partir de los últimos años del siglo XIX: la interven-
ción del Estado en la economía (M. Bassols Coma)158.
El concepto de service public, como eje del Derecho administrativo, es una
construcción que tiene un origen histórico, incluso geográco, muy concreto. Es
una institución típica francesa y del Derecho francés y, como tal, punto de referen-
cia de la doctrina cientíca, jurisprudencia y legislación de otros Ordenamientos
jurídico—administrativos —básicamente, algunos de la Europa Continental y de
América Latina—. Así visto el modelo francés, origen de la construcción teórica
desde un punto de vista jurídico-administrativo del concepto, deberían diferenciar-
se las dos principales fuentes: 1.º, la fuente jurisprudencial, esto es, los continuos
arrêts del Conseil d’État159 de la noción de servicio público que van congurando
156 Besançon, X. (1995). Les services publics en France . Du Moyen Âge à la Révolution. Paris,
Presses des Ponts et ch aussées; Besançon, X. (1998). “Les grandes étapes de la notion de
service public”. Rev. concessions 1998, n° 1, 53; AA.VV. (2004). Histoire et service public, G.
Guglielmi, G. [ss dir.]. Paris, PUF; Jourdan, P. (1987). “La formation du concept de se rvice
public”. RDPSP 1987, 89; Mestre, J.-L. (1988). “La notion de service public d’après les dé-
bats à l’Assemblée constituant”. EDCE, n° 40, 1988,19; y Mestre, J.-L. (2012). “À propos de
l›expression service public. Quelques considérations historiques”. AA. VV. Mél. G. Darcy.
Bruselle, Br uylant, 543.
157 Nieto, A. Ob. cit., nota 20.
158 Bassols Coma, M. (1977). “Serv icio Público y empresa pública: Reexiones sobre las
llamadas soc iedades estatales”. RAP núm. 84, Septiembre – diciemb re, 28.
159 Sobre estos fallos pude consult arse a Long, M., Weil, P., Braibant, G., Devolvé, P. et
Genevoi s, B. (2019). Jurisprudencia Administrativa del C onsejo de Estado Francés, Grands
Arrêts, Segunda edición en e spañol de la 21.ª edición francesa [2017]. Paris, Ediciones
Dalloz. Madrid, BOE.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR