Declaración de Impacto Ambiental. Ampliacion De Rutas Para El Transporte, Reciclaje Y Gestión De Residuos Industriales. . - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 945401591

Declaración de Impacto Ambiental. Ampliacion De Rutas Para El Transporte, Reciclaje Y Gestión De Residuos Industriales. .

Monto0,2500 Millones de Dólares
En representación deMatias Silva Ronco
Fecha de registro15 Abril 2011
Fecha15 Abril 2011
EtapaNo Admitido a Tramitación
Titular del proyectoGestión Ambiental Limitada
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA) Documento
Declaración de Impacto Ambiental
"Ampliacion de rutas para el transporte, reciclaje y gestión de residuos industriales."
Gestión Ambiental Limitada
Rep. Legal: Matias Silva Ronco
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 12 de Abril de 2011
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Antecedentes Generales del proyecto

    • Nombre del Proyecto
      Ampliacion de rutas para el transporte, reciclaje y gestión de residuos industriales.
    • Región
      Dirección Ejecutiva
    • Comunas
      Vilcún-Villa Alegre-Villarrica-Viña del Mar-Yerbas Buenas-Zapallar-Bulnes-Cabildo-Cabrero-La Calera-Carahue-Casablanca-Catemu-Cauquenes-Chillán-Chillán Viejo-Chimbarongo-Codegua-Collipulli-Concón-Constitución-Curicó-Ercilla-Frutillar-Futrono-Gorbea-Graneros-Hijuelas-Hualañé-La Cruz-La Ligua-La Unión-Lanco-Las Cabras-Lautaro-Licantén-Limache-Linares-Llay Llay-Llanquihue-Loncoche-Longaví-Los Andes-Los Angeles-Los Lagos-Machalí-Máfil-Malloa-San José de la Mariquina-Maule-Molina-Mulchén-Ñiquén-Nogales-Olivar-Osorno-Padre Las Casas-Paillaco-Panguipulli-Panquehue-Papudo-Parral-Pemuco-Perquenco-Petorca-Peumo-Pitrufquén-Puchuncaví-Pucón-Puerto Montt-Puerto Varas-Purranque-Quillota-Quintero-Rancagua-Rauco-Rengo-Requinoa-Retiro-Río Bueno-Río Claro-Romeral-Sagrada Familia-San Antonio-San Carlos-San Esteban-San Felipe-San Fernando-Mostazal-San Javier-San Nicolás-San Pablo-San Rafael-San Vicente-Talca-Temuco-Teno-Valdivia-Valparaíso-Victoria
    • Tipología de Proyecto:
      ñ1.- Produccion, almacenamiento, disposicion o reutilizacion o transporte por medios terrestres de sustancias toxicas, (sustancias se?aladas en la Clase 6,1 de la NCh 382, Of 89)
    • Tipologías secundarias
      ñ1-Produccion, almacenamiento, disposicion o reutilizacion o transporte por medios terrestres de sustancias toxicas, (sustancias se?aladas en la Clase 6,1 de la NCh 382, Of 89)
      ñ4-Produccion, almacenamiento, disposicion o reutilizacion o transporte por medios terrestres de sustancias inflamables, (sustancias se?aladas en las clases 3 y 4 de la NCh 2120/Of 89)
      ñ5-Produccion, almacenamiento, disposicion o reutilizacion o transporte por medios terrestres, de sustancias corrosivas o reactivas, que se realicen con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a 120,000 Kg/dia.

    • Descripción

      1. ANTECEDENTES GENERALES.
      1.1 Nombre y Tipo de Proyecto.
      El proyecto que se somete a evaluación lleva por nombre “Ampliación de rutas para el servicio de transporte, reciclaje y gestión de residuos industriales”, también denominado “El Proyecto”.
      El Proyecto consiste sólo en la inclusión de nuevas rutas para el transporte de Residuos Industriales Peligrosos (RIPs) y No Peligrosos (RINPs) desde generadores de distintas zonas industriales del país, entre la Región de Valparaíso y la Región de los Lagos, ampliando con ello la autorización ambiental que actualmente posee el Titular, contenida en la Resolución de Calificación Ambiental N° 611/2008 (adjunta en Anexo I) que permite el transporte de determinados Residuos Industriales Peligrosos y No Peligrosos por la I Región de Arica (actualmente XV Región), hasta la Región Metropolitana. En atención a lo señalado, el proyecto sometido a evaluación ambiental amplía solo su cobertura, manteniendo la misma tipología de residuos a transportar (tabla N°3), que los estipulados en la Resolución de Calificación Ambiental N° 611/2008.
      La disposición final de los residuos a transportar, se realizará en dependencias autorizadas por la Autoridad Sanitaria.
      En virtud de lo anterior, la actividad que se somete al SEIA a través de la presente DIA está comprendida en el artículo 10 letra ñ) de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y en el Artículo 3 letra ñ) del Reglamento del SEIA, el que indica que deben someterse al
      SEIA los proyectos de "Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas”. Más específicamente las subdivisiones que se detallan a continuación:
      ñ.1. Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a 200 kg/mes.
      ñ.4. Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a...

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