Declaración de Impacto Ambiental. Ampliación Centro De Cultivo De Salmonidos Farallones Marimeli, Solicitud Nº 208101014 - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 928971487

Declaración de Impacto Ambiental. Ampliación Centro De Cultivo De Salmonidos Farallones Marimeli, Solicitud Nº 208101014

En representación deTed Alejandro Holmberg Soto
Monto1,5000 Millones de Dólares
Fecha de registro12 Mayo 2009
Fecha12 Mayo 2009
EtapaRechazado
Titular del proyectoMowi Chile S.A
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA) Documento Declaración de Impacto Ambiental "Ampliación Centro de Cultivo de Salmonidos Farallones Marimeli, Solicitud Nº 208101014" Marine Harvest Chile S.A
Rep. Legal: Ted Alejandro Holmberg Soto
Región: Región de Los Lagos
Tipología de Proyecto: n3.- Produccion anual igual o mayor a (35ton) tratandose de equinodermos, crustaceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a traves de un sistema de produccion intensivo
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 12 de Mayo de 2009
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Información General del proyecto
    • Nombre del Proyecto
      Ampliación Centro de Cultivo de Salmonidos Farallones Marimeli, Solicitud Nº 208101014
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      1500000
    • Total Mano de Obra
      20
    • Mano de Obra Construcción
      10
    • Mano de Obra Operación
      7
    • Vida Útil
      INDEFINIDA
  • Ubicación del proyecto
    • Provincia
      • Llanquihue

    • Localización
      FARALLONES MARIMELI, ESTERO RELONCAVI
    • Mapa o croquis del lugar
      Ver archivo digital
    • Tipo de figura
      Polígono
    • Tipo de coordenadas
      Geográficas
    • Coordenadas
      Latitud Longitud
      Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos
      41 41 30.60 72 26 38.08
      41 41 40.96 72 26 49.85
      41 41 42.56 72 26 47.35
      41 41 32.20 72 26 35.58

  • Descripción del proyecto
    • Descripción del proyecto

      DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
      II.1 Localización:
      El proyecto se encuentra emplazado en el área del Estero Reloncaví, Comuna de Cochamó, Xa Región, y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas (de acuerdo a proyecto técnico presentado en Anexo B):
      VERTICE
      COORDENADAS CARTA
      N° DPC 211
      DISTANCIA ENTRE VERTICES
      LADOS
      LATITUD S
      LONGUITUD W
      A
      41° 41’ 30.60”
      72° 26’ 38.08”
      420.00 m.
      A-B
      B
      41° 41’ 40.96”
      72° 26’ 49.85”
      76.00 m.
      B-C
      C
      41° 41’ 42.56”
      72° 26’ 47.35”
      420.00 m.
      C-D
      D
      41° 41’ 32.20”
      72° 26’ 35.58”
      76.00 m.
      D-A
      Fuente: Carta DPC N° 211
      De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, el área en solicitud, respecto de la cual se desarrolla la presente DIA, fue fijada como autorizada para el ejercicio de la acuicultura por el D.S. Nº 507 de fecha 31 de diciembre de 2002 de Subsecretaría de Marina y publicado en el D.O. con fecha 23 de junio de 2003, debiendo utilizarse como referencia cartográfica la carta DPC N° 211.
      II.2 Justificación De La Localización
      Por su ubicación, el proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedente de ello a la CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11, literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto contempla la protección a recursos, áreas susceptibles y al valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta información con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art.11, literal (e) de la Ley 19.300 y el Art. 10 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      La actividad propuesta se realizará en un 100% en el medio marino, por lo que se estima que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición de CONAMA para evaluar el cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      No se generarán o presentarán alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19.300 y el Art. 11, literal (d) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley Nº 19.300.
      El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa, de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6, literal (m) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.


    • Objetivo General del Proyecto

      I.4 Tipología Del Proyecto
      El proyecto corresponde a la ampliación de biomasa del Centro de Cultivo de Salmónidos ubicado en Estero Reloncaví, sector Farallones Marimeli, comuna de Cochamó. Para ello se contempla el reemplazo de las estructuras de cultivo existentes y autorizadas, en la que se ejecutará la fase de engorda en agua de mar. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° letra n, de la ley 19.300; y con el Artículo 3° letra n.3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaria General de la presidencia, dado que su producción es superior a 35 toneladas, en un sistema de producción intensivo.
      De conformidad a la reglamentación vigente, la solicitud de concesión de acuicultura original, junto con la totalidad de los antecedentes requeridos, entre los que se incluye el proyecto técnico y cronograma de actividades, fue ingresada en el Servicio Nacional de Pesca con fecha 20 de mayo de 1994, registrándose bajo el N° de Solicitud 94101037 y recibida en Oficina de Partes de Subsecretaria de Pesca con fecha 18 de julio de 2003.
      La concesión de acuicultura que se somete nuevamente al SEIA para solicitar ampliación de biomasa cuenta con los siguientes antecedentes documentales:
      - Solicitud y Proyecto Técnico presentado por su titular original Señor Patricio Albornoz Barros.
      - Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 107 de fecha 13 de febrero de 2004, la cual aprobó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental DIA Centro de Engorda de Salmonídeos Farellones Marimelli, Estero de Reloncaví, Comuna de Cochamó, X región, Nº Pert. 94101037".
      - Resolución (SSP) N° 3572 de fecha 16 de diciembre de 2004 que aprueba el Proyecto Técnico y Cronograma de Actividades (Ingreso SUBPESCA N° 5277 de 2003).
      - Resolución (SSM) N° 1547 de fecha 02 de diciembre de 2005, que otorgó a don Patricio Albornoz Barros, concesión de acuicultura de 3,19 Hectáreas.
      - Resolución (SSM) N° 1580 de fecha 27 de agosto de 2007, que autorizó al señor Patricio Germán Albornoz Barros para transferir concesión de acuicultura otorgada según Resolución (M) N° 1547/2005 a la empresa Marine Harvest Chile S.A.
      Con fecha 06 de febrero de 2008, el nuevo Titular solicitó mediante la presentación de la documentación respectiva en el Servicio Nacional de Pesca de Puerto Montt una modificación al Proyecto Técnico aprobado por Resolución (SSP) N° 3572/2004, consistente en el aumento de biomasa para el proyecto, el cual quedó signado con el N° de solicitud 208101014.
      De este modo, el Titular mediante este acto viene en presentar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Para mayores antecedentes, en el Anexo B, se adjunta copia de los documentos mencionados.
      I.5 Resumen Ejecutivo
      El centro de cultivo contempla la instalación y el equipamiento de balsas jaulas para desarrollar la etapa de engorda de salmónidos en la fase de agua de mar. Este centro operará sobre una extensión de 3,19 Hás, sólo con instalaciones en el mar, razón por la cual no existe riesgo de interferir las actividades de la población en tierra.
      De acuerdo con el Proyecto Técnico y Cronograma de Actividades, presentado en el año 2008 por el Titular, este centro contempla la instalación de 10 balsas en el primer año de operación y cuatro jaulas durante el segundo año, las que reemplazarán a las 14 balsas autorizadas para este centro, para completar al término del segundo año con un total de 14 balsas jaulas para una producción total de 3.505,5 toneladas al término del primer año de operaciones, producción que se mantendrá constante en los años siguientes , siendo ésta la máxima producción del centro.
      El flujo de producción para este centro contempla la instalación de balsas jaulas cuadradas de 30 m de largo por 30 m de ancho y 18 m de alto, las que reemplazaran a las balsas circulares instaladas cuyas dimensiones son de 30 m de diámetro y 17 m de alto, con una densidad de cultivo de 15,46 kg/m3. Por tanto la modificación obedece a un aumento de producción, forma y tamaño de las estructuras a instalar y cronograma de instalación.
      El acceso primario se realizará por vía marítima desde Puerto Montt para realizar las actividades de carga y descarga, así como para el traslado de las estructuras flotantes y sistemas de fondeos con las que contará el centro durante su etapa de construcción. Por la misma vía se realizará todo movimiento de abastecimiento de insumos durante su etapa de operación.
      El movimiento del personal tanto técnico como profesionales, a saber, Jefes de Centro, Asistentes, Médicos Veterinarios que trabajen en el centro de cultivo se efectuará desde Puerto Montt por vía terrestre y marítima. Los operarios en tanto, serán trasladados diariamente a su lugar de trabajo en el centro de cultivo, por lo que no permanecerán en forma permanente en el centro. De la...

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