Declaración de Impacto Ambiental. "ampliacion Biomasa Centro De Cultivo De Salmones Sector Norte Isla Verdugo, Comuna De Cisne, Provincia De Aysén, Decima Primera Región De Aysén, Nº Pert 211111002" - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 945410960

Declaración de Impacto Ambiental. "ampliacion Biomasa Centro De Cultivo De Salmones Sector Norte Isla Verdugo, Comuna De Cisne, Provincia De Aysén, Decima Primera Región De Aysén, Nº Pert 211111002"

Monto3,0000 Millones de Dólares
En representación deGastón Eduardo Cortez Quezada
Fecha de registro16 Mayo 2011
Fecha16 Mayo 2011
EtapaAprobado
consultorPaola Andrea Schnettler Ávila
Titular del proyectoSALMONES PACIFIC STAR S.A.
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA) Documento
Declaración de Impacto Ambiental
""AMPLIACION BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES SECTOR NORTE ISLA VERDUGO, COMUNA DE CISNE, PROVINCIA DE AYSÉN, DECIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN, Nº Pert 211111002”"
SALMONES PACIFIC STAR S.A.
Rep. Legal: Gaston Cortez Quezada
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 16 de Mayo de 2011
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Antecedentes Generales del proyecto

    • Nombre del Proyecto
      "AMPLIACION BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES SECTOR NORTE ISLA VERDUGO, COMUNA DE CISNE, PROVINCIA DE AYSÉN, DECIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN, Nº Pert 211111002”
    • Región
      Región de Aysén
    • Comunas
      Aysén
    • Tipología de Proyecto:
      n3.- Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo
    • Tipologías secundarias
      n3-Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo

    • Descripción

      1. ANTECEDENTES GENERALES, TIPOLOGÍA Y OBJETIVOS

      1.1 Antecedentes del Titular

      Titular:

      Salmones Pacific Star S.A.

      RUT:

      79.559.220-2

      Dirección:

      Av. Juan Soler Manfredini 41, piso 12 Puerto Montt

      Teléfono:

      56-65-227000

      Fax:

      56-65-227001

      Representante:

      Gastón Eduardo Cortéz Quezada

      Cédula de Identidad

      9.532.444-4

      Dirección Postal

      Av. Juan Soler Manfredini 41, piso 12 Puerto Montt

      Correo electrónico

      gcortez@pacificstar.cl

      Nota: se adjunta en el anexo 1 Vigencias de sociedad y poderes, cedula de identidad del Representante legal y RUT de la empresa.

      Toda la documentación emanada por la evaluación del presente proyecto enviar a la dirección de correo electrónico y dirección postal detallada en la tabla 1.1. Antecedentes del titular.

      1.2 Antecedentes del Proyecto

      Nombre

      CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES NORTE ISLA VERDUGO

      Nº Solicitud

      2011111002

      Código SERNAPESCA

      110749

      Ubicación

      Sector norte de isla Verdugo

      Comuna

      Cisnes

      Provincia

      Aysén

      Región

      XIa Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo

      1.3 Tipología del proyecto

      El proyecto corresponde a la ampliación de la producción del centro de cultivo de salmones Norte Isla Verdugo, ubicado en el sector costa Norte de isla Verdugo, comuna de Cisnes, XI Región. El proyecto tiene autorizada una producción de 2.600 toneladas y pretende ampliar su producción a 4.590 toneladas; para ello se contempla el uso de 20 balsas jaulas cuadradas de 30 m por lado y 17 m de profundidad, para ejecutar las fases de engorda de salmones. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° literal "n", de la Ley 19.300 y sus modificaciones y con el Artículo 3° literal "n.3", del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº 95 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia).

      El proyecto El proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en conformidad a las siguientes disposiciones:

      Según la Ley 19.300 Ley de Bases del Medio Ambiente y su modificación Ley N° 20.417.

      Artículo 10: “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:”

      n) Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos;

      o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos;

      El proyecto trata del aumento en la producción del centro de cultivo de salmones Norte Isla Verdugo, ubicado en el sector de costa norte de isla Verdugo, Comuna de Cisnes, XI región.

      El presente proyecto contempla la instalación de 20 balsas de jaulas de 30 m de lado por 17 m de profundidad para una producción máxima de 4.590 toneladas, solo con instalaciones en el mar. Junto con ello el centro de cultivo contempla la instalación de un pontón flotante con habitabilidad para el personal que labore en el centro de cultivo y la implementación de una plataforma flotante para el ensilaje de mortalidad.

      Mediante este instrumento el proyecto acreditará en el Capítulo 6 de la presente DIA, que la ampliación que se propone, no reúne ninguno de los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley N°19.300) y detallados en los Artículos 7 al 11 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº95/2001), es decir:

      · No afecta a la salud de la población.

      · No produce efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables.

      · No produce reasentamiento de comunidades humanas o alteraciones significativas de su sistema de vida.

      · No se localiza en las proximidades de áreas protegidas o recursos protegidos.

      · No se localiza en una zona con valor paisajístico o turístico, ni zonas declaradas de valor turístico nacional, según lo dispuesto en el D.L. Nº1294 de 1975.

      · No produce alteración de recursos arqueológicos, históricos y en general los pertenecientes al patrimonio cultural del país.

      · No está próximo (menos de 500 m) a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley Nº17.288.

      · No interferirá con lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de la comunidad.

      · No se localiza en un territorio con valor ambiental.

      Por lo tanto y en conformidad con lo indicado en el análisis realizado de la Ley de Bases de Medio Ambiente y el Reglamento del SEIA, el proyecto "AMPLIACION BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES SECTOR NORTE ISLA VERDUGO, COMUNA DE CISNE, PROVINCIA DE AYSÉN, DECIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN, Nº Pert 211111002”, corresponde que se presente bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

      Según el D.S. 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

      Artículo 3: “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:”

      n.3) “Una producción anual igual o superior a treinta y cinco toneladas (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo”.

      El proyecto corresponde a la ampliación de producción para un Centro de Engorda de Salmones, el cual tendrá una producción anual de 4.590 ton. (Proyecto Técnico, Anexo 1).

      o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos;

      o.8. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos;

      El proyecto contempla la implementación de un sistema de ensilaje de mortalidad, montado sobre una plataforma flotante independiente de las otras unidades que se instalarán en el centro de cultivo. (Las especificaciones técnicas se adjuntan en el anexo 3).

      De conformidad a la reglamentación vigente, la solicitud de concesión de acuicultura, junto con la totalidad de los antecedentes requeridos, entre los que se incluye el proyecto técnico y cronograma de actividades, fue presentada en la oficina del Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) de Aysén, registrándose bajo el Pert. N°211111002.

      Se contempla un aumento de producción máxima de Salmonídeos (especie autorizada), desde de 2.600 ton/año (proyecto original), hasta 4.590 ton/año (proyecto modificado) con 4,5 kg de peso promedio, junto a la instalación de 20 jaulas cuadradas de 30 m de lado por 17 m de profundidad, para el cultivo de especies salmonídeos en etapa de engorda (D.S.N°604/95). Dicho proyecto se desarrollará íntegramente en el espacio marítimo de 10 has correspondiente a la CC.AA. otorgada al titular.

      El centro de cultivo cuenta con las siguientes autorizaciones:

      • Resolución de Calificación Ambiental N° 731 de 2004
      • Resolución Subpesca N° 1628 / 2006

    • Objetivo

      1.4 Objetivo del Proyecto

      El centro de cultivo contempla la ampliación de biomasa en cultivo, para ello se requiere la instalación de 20 balsas jaulas para desarrollar la etapa de engorda de salmónidos. Este centro operará sobre una extensión de 10 Hás, sólo con instalaciones en el mar, razón por la cual no existe riesgo de interferir las actividades de la población en tierra.

      De acuerdo con el proyecto técnico y cronograma de actividades el flujo de producción para este centro contempla la instalación de 20 balsas jaulas cuadradas de 30 * 30 *17 m, para una producción total de 4.590 toneladas, estructuras que se mantendrán en los años siguientes. La densidad de cultivo estimada al momento de la cosecha estará determinada de acuerdo a la especie a cultivar por la resolución SERNAPESCA 1449/09.

      El acceso se realizará por vía marítima desde Melinka para las actividades de carga y descarga, así como para el traslado de las estructuras flotantes y sistemas de fondeos con las que contará el centro durante su etapa de construcción. Por las mismas vías se realizará todo el movimiento de abastecimiento de insumos durante su etapa de operación.


    • Fecha estimada de inicio de ejecución
      31/5/2011
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      3000000
    • Vida Útil
      INDEFINIDA
    • Mano de Obra por Fase del Proyecto
      Fase Mano de Obra Promedio Mano de Obra Máxima
      Construcc
      ...

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