Declaración de Impacto Ambiental. Ampliacion Biomasa Centro De Cultivo De Salmonidos Estero Bonito, Isla Llancahue Pert Nº 206101121 - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 928978355

Declaración de Impacto Ambiental. Ampliacion Biomasa Centro De Cultivo De Salmonidos Estero Bonito, Isla Llancahue Pert Nº 206101121

En representación deNatally Sepulveda Toloza
Monto1,5000 Millones de Dólares
Fecha de registro10 Marzo 2009
Fecha10 Marzo 2009
EtapaAprobado
Titular del proyectoMowi Chile S.A
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA) Documento
Declaración de Impacto Ambiental
"AMPLIACION BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS ESTERO BONITO, ISLA LLANCAHUE PERT Nº 206101121"
Marine Harvest Chile S.A
Rep. Legal: Ted Alejandro Holmberg Soto
Región: Región de Los Lagos
Tipología de Proyecto: n3.- Produccion anual igual o mayor a (35ton) tratandose de equinodermos, crustaceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a traves de un sistema de produccion intensivo
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 10 de Marzo de 2009
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Información General del proyecto
    • Nombre del Proyecto
      AMPLIACION BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS ESTERO BONITO, ISLA LLANCAHUE PERT Nº 206101121
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      1500000
    • Total Mano de Obra
      20
    • Mano de Obra Construcción
      7
    • Mano de Obra Operación
      7
    • Vida Útil
      INDEFINIDA
  • Ubicación del proyecto
    • Provincia
      • Palena

    • Localización
      ESTE ESTERO BONITO, PASO MARILMO, ISLA LLANCAHUE
    • Mapa o croquis del lugar
      Ver archivo digital
    • Tipo de figura
      Polígono
    • Tipo de coordenadas
      Geográficas
    • Coordenadas
      Latitud Longitud
      Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos
      42 08 11.93 72 33 20.25
      42 08 18.22 72 33 14.45
      42 08 19.02 72 33 24.66

  • Descripción del proyecto
    • Descripción del proyecto

      DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
      II.1 Localización:
      El proyecto se encuentra emplazado en el sector Este de Estero Bonito, Paso Marilmo en la Isla Llancahue, comuna de Hualaihue, Provincia de Palena, Región de Los Lagos; y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas referidas a la carta SHOA Nº 709 (proyecto técnico Nº 96101022)
      VERTICE
      COORDENADAS CARTA SHOA N° 709
      LATITUD S
      LONGUITUD W
      A
      42° 08’ 30,81”
      72° 35’ 04,41”
      B
      42° 08’ 34,46”
      72° 34’ 55,84”
      C
      42° 08’ 38,56”
      72° 35’ 04,41”
      Fuente: Carta SHOA Nº 709.
      En el marco del proyecto FIP Nº 2001-33 “Actualización de la ubicación cartográfica de las concesiones de acuicultura en el sector sureste del Golfo de Ancud”, ejecutado por Subsecretaría de Pesca se traspasó la posición geográfica de las concesiones ubicadas en el sector sureste del Golfo de Ancud, desde la carta SHOA Nº 709 a las cartas SHOA Nº 7340 y 7350 (Anexo B). Por lo tanto, se modificaron las coordenadas originales en las nuevas coordenadas indicadas en el proyecto técnico Nº 206101121, referidas a la carta SHOA Nº 7340 y consignadas en la Resolución (SSP) N° 3083/2004:
      VERTICE
      COORDENADAS CARTA SHOA N° 7340
      DISTANCIA ENTRE VERTICES
      LADOS
      LATITUD S
      LONGUITUD W
      A
      42° 08’ 11,93”
      72° 33’ 20,25”
      234,97 m
      A-B
      B
      42° 08’ 18,22”
      72° 33’ 14,45”
      236,03 m.
      B-C
      C
      42° 08’ 19,02”
      72° 33’ 24,66”
      241,05 m.
      C-A
      Fuente: Carta Shoa 7340, Regularización FIP.
      De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, el área en solicitud, respecto de la cual se desarrolla la presente DIA, fue fijada como autorizada para el ejercicio de la acuicultura mediante D.S. Nº 296 de 2006 de Subsecretaría de Marina y publicado en el D.O. con fecha 23 de diciembre de 2006, debiendo utilizarse como referencia cartográfica la carta SHOA N° 7340


      II.2 Justificación De La Localización
      Por su ubicación, el proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedente de ello a la CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11, literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art.11, literal (e) de la Ley 19.300 y el Art. 10 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      La actividad de cultivo se realizará en un 100% en el medio marino, con algunas instalaciones en tierra, no obstante el proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición de CONAMA para evaluar el cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      No se generarán o presentarán alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19.300 y el Art. 11, literal (d) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.
      El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley Nº 19.300.
      El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa, de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6, literal (m) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.


    • Objetivo General del Proyecto

      Tipología Del Proyecto
      El presente proyecto corresponde a una ampliación de biomasa para el Centro de Cultivo de Salmónidos Estero Bonito, Isla Llancahue, en la Región de Los Lagos. Para ello se contempla la incorporación de especies de salmónidos de acuerdo al DS 604/95 en las etapas de cultivo smolt-cosecha. El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10° letra n, de la ley 19.300; y con el Artículo 3° letra n.3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, dado que su producción es superior a 3.000 toneladas, en un sistema de producción intensivo.
      De conformidad a la reglamentación vigente, la solicitud de concesión de acuicultura, junto con la totalidad de los antecedentes requeridos, entre los que se incluye el proyecto técnico y cronograma de actividades, fue presentada en la oficina del Servicio nacional de Pesca, registrándose bajo el Pert. N° 206101121 con fecha 07 de agosto del 2006.
      Dicho proyecto cuenta con los siguientes antecedentes:
      - Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 1307/2002, la cual aprobó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental DIA “Centro de engorda de salmonídeos, Estero Bonito, Provincia de Palena, Décima región” solicitud N° 96101022, la que autorizó una producción máxima de 600 toneladas de salmónidos al quinto año de operación.
      - Resolución Subsecretaría de Pesca (SSP) N° 2295/2002, la cual aprobó el proyecto técnico y cronograma de actividades de la solicitud de acuicultura N° 96101022
      - Resolución Subsecretaría de Marina (SSM) N° 1669/2002, la cual otorgó concesión de acuicultura por una superficie de 2,43 Hectáreas,
      - Resolución Subsecretaría de Marina (SSM) N° 1747/2003, la cual modifica la RES Nº 1669/2002, transfiriendo la titularidad de la concesión a Pesquera Eicosal Ltda, hoy Marine Harvest Chile S.A.
      - Resolución Subsecretaría de Pesca (SSP) N° 3083/2004, la cual modifica la RES Nº 2295/2002, fijando nueva posición geográfica para la concesión,
      Con fecha 07 de agosto de 2006, el Titular solicitó mediante la presentación de la documentación respectiva en el Servicio Nacional de Pesca de Puerto Montt una modificación al proyecto técnico aprobado por Resolución (SSP) N° 2295/2002, modificada por la Res (SSP) Nº 3083/2004, consistente en un cambio en el proyecto signado con el N° de solicitud 206101121.
      El proyecto se encuentra en operación desde el año 2004.
      De este modo, habiéndose ya cumplido los trámites prescritos en la normativa, el Titular mediante este acto viene en presentar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
      I.5 Resumen Ejecutivo
      El centro de cultivo contempla la instalación y el equipamiento de balsas jaulas para desarrollar la etapa de engorda de salmónidos en la fase de agua de mar. Este centro operará sobre una extensión de 2,43 Hás, con una bodega flotante acondicionada para tres personas e instalaciones en tierra para el personal.
      De acuerdo con el proyecto técnico y cronograma de actividades, presentado con fecha 07 de agosto de 2006 por el Titular, este centro contemplaba la instalación de un total de 20 balsas circulares, declarando una biomasa de 3.438.000 kilos de Salmónidos.
      De acuerdo a las necesidades productivas de la empresa, esta configuración de estructuras de cultivo ha sido modificada, por lo que el Titular declara que para materializar esta modificación de proyecto técnico, considera elreemplazo de las 20 balsas circulares, por nuevas estructuras de cultivo consistentes en un set metálico de 16 jaulas de 30x30x17, estructuras de cultivo que se encuentran instaladas desde el pasado mes de Noviembre del 2008. Asimismo, esta nueva configuración considera un cambio en la cantidad de peces a ingresar en cada balsa jaula, así como en la biomasa total a producir para este centro de cultivo.
      Este cambio tanto de estructuras de cultivo como de cantidad de peces a ingresar en cada balsa jaula se presenta en un nuevo proyecto técnico, el cual se adjunta en anexo B de este documento para conocimiento y consideración de la Autoridad.
      Conforme a lo señalado anteriormente y de acuerdo a lo informado por el Titular, se ingresarán en el primer año 800.000 peces manteniéndose...

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