Alimentos. Cese inmediato pensión por inexistencia titularidad del derecho. Demanda - A - Nueva práctica forense (alfabetizada). Familia. Tomo I - Contratos - VLEX 903143151

Alimentos. Cese inmediato pensión por inexistencia titularidad del derecho. Demanda

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aEnero 2022

Page 65

EN LO PRINCIPAL: Demanda de cese inmediato de pensión alimenticia por no existir titularidad del derecho; EN EL PRIMER OTROSÍ: se traiga a la vista expediente que indica; En el segundo otrosí: patrocinio y poder.

S.J.L. de Familia de...

.......................... , profesión, domiciliado en la ciudad de ...................en calle ........................ , comuna de .................... , demandado en causa sobre alimentos, Rol Nº.....................Santiago, a U.S. respetuosamente digo:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, y lo dispuesto en el artículo 332 y siguientes del Código Civil, vengo en solicitar el cese inmediato de la pensión alimenticia regulada a favor de mi hijo/hija ............................... , de profesión .......................... , domiciliada en calle ....................... , comuna de ................. , en causa sobre alimentos, Rol .................... , caratulada " ................. ", del Juzgado ................... .................... , por no ser titular de derecho de alimentos al haber finalizado con éxito la carrera de ........................ , en la universidad ........................ , cesando de esta manera la obligación alimenticia de quien suscribe, todo de acuerdo a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que paso a exponer:

LOS HECHOS:

  1. Hechos: Nota: refieren a si hubo o no matrimonio, fechas y otros datos específicos y fundamentos propios.

Actualmente, mi hija mayor, .............................. , ha finalizado con éxito la carrera de ..................................., en la Universidad ....................... , recibiendo su título en .............................. del año ........... .

Por lo tanto, los fundamentos y circunstancias que se tuvieron en vista al fijar la pensión alimenticia han sufrido una modificación que importa en los hechos, según

Page 66

lo dispone el artículo 332 del Código Civil, el cese de la obligación del alimentante de otorgarle alimentos.

En el caso de autos, la alimentaria ya ha finalizado una profesión, la de ......................... , situación que me llena de orgullo como padre, pues es satisfactorio constatar que un hijo ha respondido con c reces al esfuerzo, dedicación y cariño entregados, pudiendo ahora, recorrer un camino sólido en forma independiente económicamente de sus padres.

Al haber finalizado mi hijo/hija...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR