Alcances de la responsabilidad paterna - 14 de Julio de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 732306757

Alcances de la responsabilidad paterna

Un fallo reciente de la Corte Suprema ha venido a recordar uno de los principios básicos de la responsabilidad por daños y perjuicios, a saber, que las personas no solo responden por los daños que causan ellas mismas, sino también por los que proceden de los actos ilícitos de quienes están bajo su cuidado. Este principio, que se extiende incluso a los "dependientes" en el sentido de una relación laboral, se aplica por antonomasia a los padres respecto de sus hijos menores de edad. Tan relevante es esta última clase de responsabilidad que el Código Civil la regula en dos reglas distintas y complejas. Por una parte está la hipótesis de que el hijo menor de edad vive en casa de sus padres, en cuyo caso estos podrán eximirse de responsabilidad solo si demuestran que no han podido impedir el hecho. Como dice la sentencia, sobre los padres pesa un deber de vigilancia o cuidado respecto de los hijos que viven en su casa, hasta que cumplan la mayoría de edad. La otra regla es aún más refinada, pues permite demandar a los padres siempre que el daño causado por los hijos menores provenga "conocidamente" de la mala educación o de los hábitos viciosos que les han dejado adquirir.El caso concreto corresponde a lo que se ha denominado " hate porn ", un fenómeno cada vez más recurrente entre jóvenes en edad escolar o que cursan estudios superiores. Consiste en que la pareja se toma fotografías donde posa desnuda o exhibiendo partes íntimas de su cuerpo, o bien registra imágenes de diversas formas de interacción sexual. Ambas personas consienten en este registro, con la expectativa de que ninguna de ellas lo revelará o difundirá luego a terceros. Cuando la relación se quiebra por algún motivo, sin embargo, una de las partes -usualmente el varón: aquí hay otra forma de discriminación hacia la mujer- utiliza esas imágenes para amenazar o denostar a la ex pareja. En este caso, al tiempo de los hechos la joven tenía 14 años y el muchacho, 15. Según la Corte Suprema, los padres de este último no demostraron en el juicio que hubieran cumplido con sus deberes de vigilancia respecto del menor.La...

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