Resolución núm. 147 AFECTA, publicada el 01 de Agosto de 2012. APRUEBA REGLAMENTO Y ANEXO DEL CONCURSO SUBVENCIÓN 2% DE ACTIVIDADES CULTURALES, FINANCIADO CON FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL - GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469199110

Resolución núm. 147 AFECTA, publicada el 01 de Agosto de 2012. APRUEBA REGLAMENTO Y ANEXO DEL CONCURSO SUBVENCIÓN 2% DE ACTIVIDADES CULTURALES, FINANCIADO CON FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO Y ANEXO DEL CONCURSO SUBVENCIÓN 2% DE ACTIVIDADES CULTURALES, FINANCIADO CON FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL

Núm. 147 afecta.- Arica, 20 de junio de 2012.- Visto:

  1. La resolución afecta N° 129 de fecha 7 de mayo de 2012 que Aprueba el Reglamento y Anexo del Concurso Subvención 2% de Actividades Culturales para año 2012 y siguientes, financiadas con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

  2. La resolución exenta N° 973 de fecha 12 de junio de 2012 que deja sin efecto la resolución afecta N° 129, indicada en el guarismo anterior.

  3. El decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, de la Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado; lo dispuesto en la resolución N° 1.600 de la Contraloría General de la República; y las facultades que invisto como Intendente del Gobierno Regional de Arica y Parinacota.

    Considerando: 1. El certificado CORE N° 195 de fecha 5 de junio de 2012, emitido por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Arica y Parinacota, que aprueba el Reglamento y Anexo del Concurso Subvención 2% de Actividades Culturales y Actividades Deportivas y Recreativas.

    Resuelvo:

  4. Apruébese el Reglamento y Anexo del Concurso Subvención 2% de Actividades Culturales, financiado con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

  5. Publíquese en el Diario Oficial y en el portal del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, www.gorearicayparinacota.cl la presente resolución.

  6. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 6 de la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, se inserta el Reglamento y Anexo del Concurso Subvención 2% de Actividades Culturales, financiado con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

    "REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE SUBVENCIÓN A INICIATIVAS CULTURALES DE FINANCIAMIENTO 2% FNDR, GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA

    1. Naturaleza y Fines:

Art. 1

El presente reglamento establece las normas y orientaciones que regularán la Administración del Fondo de Cultura por parte del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, que considera la promoción, evaluación y selección de iniciativas culturales, transferencia de recursos, monitoreo y control de los recursos transferidos, financiados con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional FNDR.

Art. 2

Las acciones culturales que se emprendan con motivo de la ejecución de proyectos culturales con recursos FNDR, deberán guardar coherencia y concordancia con las políticas públicas generales que desarrolle el país en materias de cultura, y con lo establecido en la Estrategia Regional de Desarrollo de Arica y Parinacota.

  1. Bases legales:

Art. 3

La administración de los recursos destinados a la realización de actividades culturales de financiamiento del 2% FNDR, estará sustentado en las siguientes normativas:

  1. La Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración, señala que es función y materia de los Gobiernos Regionales el Desarrollo Social y Cultural, para ello el art. 19 en su letra b especifica "Participar, en coordinación con las autoridades competentes, en acciones destinadas a facilitar el acceso de la población de escasos recursos o que viva en lugares aislados, a beneficios y programas en el ámbito de la salud, educación y cultura, vivienda, seguridad social, culturas y recreación y asistencia judicial".

  2. Ley N° 19.880 de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

  3. Ley de Presupuestos de la Nación, respectiva.

Art. 4

Estas iniciativas deben ser ejecutadas por Municipalidades y/o Instituciones Privadas sin fines de lucro.

Art. 5

El Gobierno Regional de Arica y Parinacota tiene prioridades gubernamentales en materias del desarrollo territorial, humano, cultural, social, tecnológico y económico productivo y por ello propende a:

  1. Favorecer las actividades culturales en la región, mediante el apoyo financiero y técnico a gestores regionales.

  2. Dar especial significación a elementos de cohesión social interna centrados en segmentos etarios, étnico y de género; así como en superar o propiciar situaciones de clara peculiaridad regional, tales como vivienda, urbanismo, cultura y participación.

  3. Desarrollar la cultura, en un paisaje donde la distracción y el esparcimiento son factor regional de calidad de vida.

  1. Objetivos Generales del Subsidio:

Art. 6

Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, son Objetivos Generales del Subsidio:

- Fomentar y apoyar el desarrollo de la cultura en la Región de Arica y Parinacota, especialmente las que promueven:

. Actividades culturales que sean ejecutadas por

municipalidades e instituciones privadas sin fines de

lucro.

. Actividades culturales que permitan la formación de

artistas en las diferentes disciplinas de acuerdo a

sus capacidades y potencial a desarrollar.

. Actividades culturales que permitan atender

diferentes grupos de la región, tanto en el ámbito de

disciplinas culturales, como así también de género,

étnico y diferentes grupos etarios.

. Actividades culturales de carácter comunal, regional,

nacional o internacional (que se efectúen en la

región).

. Fomentar y apoyar las actividades y expresiones

culturales escolares, a través de los Centros

Generales de Padres y Apoderados de Establecimientos

Municipalizados.

  1. De los recursos disponibles:

Art. 7

La asignación de recursos para financiamiento de actividades culturales, se hará mediante el llamado a concurso público y los recursos a entregar se definirán de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria existente a la fecha del Concurso, la que deberá contar con la aprobación del Consejo Regional.

Art. 8

Si la disponibilidad presupuestaria del Gobierno Regional se incrementase en el transcurso del año, se podrá proceder a un nuevo llamado a concurso o, en su caso, destinarse al financiamiento de proyectos que no tuvieron financiamiento en un primer llamado. Una lista de espera se conformará de acuerdo al orden de resultados obtenidos en el Concurso, esta lista correrá en orden correlativo según certificado CORE, en el caso de aumentar el fondo para el año calendario.

Art. 9

Los fondos concursables estarán claramente explicitados en las bases del concurso a realizar, teniendo presente el detallar con claridad los montos concursables por tipo de beneficiario, si así fuese el caso.

Art. 10

Corresponderá a las respectivas y competentes reparticiones del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, efectuar la tramitación administrativa...

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