Decreto 695 EXENTO - APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN) - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 312227786

Decreto 695 EXENTO - APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor13 de Agosto de 2011

APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)

Núm. 695 exento.- Santiago, 11 de agosto de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.525; Ley Nº 19.897; Decreto Nº 831, de 2003, del Ministerio de Hacienda; Decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. - Que, la política del Supremo Gobierno en materia de productos agrícolas básicos, tiene por objeto establecer un margen razonable de fluctuación de los precios internos en relación a los precios internacionales de tales productos, y

  2. - Que, para cumplir con dicho objetivo, es indispensable aplicar una rebaja a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero por la importación de trigo y harina de trigo o de morcajo (tranquillón) desde el 16 de agosto de 2011 y hasta el 15 de octubre de 2011

Decreto:

Artículo 1º

Aplícanse a contar del 16 de agosto de 2011 y hasta el 15 de octubre de 2011, las rebajas que se indican, a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero, por la importación de productos que se clasifican en la posición arancelaria que a continuación se indica:

.

Artículo 2º

Las rebajas establecidas en el artículo precedente, en ningún caso podrán exceder al monto que corresponda pagar por concepto de derechos ad valórem del Arancel Aduanero por la importación de dichas mercancías, considerando cada operación de importación individualmente y teniendo como base el valor CIF de las mercancías comprendidas en la respectiva operación.

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a...

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