Adelanta la transición del sistema de pensiones solidarias establecido en la ley N° 20.255.
Fecha | 02 Julio 2009 |
Fecha de registro | 02 Julio 2009 |
Número de Iniciativa | 6590-05 |
Etapa | Tramitación terminada Ley Nº 20.366 (Diario Oficial del 29/07/2009) |
Materia | REFORMA PREVISIONAL, SISTEMA DE PENSIONES SOLIDARIAS |
Cámara Legislativa de Origen | Mensaje,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ADELANTA LA TRANSICIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES SOLIDARIAS ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.255.
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SANTIAGO, 30 de junio de 2009
MENSAJE Nº 551-357/
Honorable Cámara de Diputados:
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CAMARA DE
DIPUTADOS.
- FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY.
- Calendario de transición del Sistema de Pensiones Solidarias.
La ley N° 20.255, que establece la Reforma Previsional, se ha implementado exitosamente de acuerdo al calendario de transición establecido en ella y a las proyecciones de cobertura que mi Gobierno había estimado, otorgándose más de 600.000 beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias hasta el día de hoy.
Según el calendario aprobado por el Congreso Nacional, a partir del 1° julio de este año 2009, la cobertura socioeconómica del Sistema de Pensiones Solidarias aumentará para alcanzar a personas que integren un grupo familiar perteneciente al 45% más pobre de la población. Adicionalmente, se entregarán Aportes Previsionales Solidarios (APS) a las personas cuya pensión base sea inferior a $120.000.
- Necesidad de adelantar en un año la transición del Sistema de Pensiones Solidarias.
No obstante, la situación surgida a partir de la crisis financiera internacional, ha impulsado a mi Gobierno a tomar acciones extraordinarias, que requieren de esfuerzos especiales. Por esto, se ha estimado necesario adelantar en un año la transición del Sistema de Pensiones Solidarias, lo que aliviará la situación económica de las familias que cuenten con un ingreso proveniente de dicho sistema.
De esta forma, se adelanta desde julio de 2010 a septiembre de 2009, el inicio de la etapa del calendario que implica cobertura para personas pertenecientes a grupos familiares del 50% más pobre de la población y que conlleva, además, un aumento del valor de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) hasta $150.000; esto último implica que –a partir de septiembre de este año 2009- se entregarán APS a personas cuya pensión base sea inferior a $150.000.
Además, la cobertura socioeconómica y el valor de la PMAS establecidos, en el calendario original, para regir a partir de julio de 2011 se adelantan a julio de 2010 y los establecidos para julio de 2012 se adelantan a julio de 2011. Así, la cobertura del Sistema de Pensiones Solidarias entrará en régimen a partir del 1° de julio de 2011, un año antes de lo previsto en el calendario vigente, establecido en el artículo décimo tercero transitorio de la ley N° 20.255.
Esta medida permitirá a un número importante de personas acceder anticipadamente a los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias.
- Financiamiento en régimen de la Reforma Previsional.
El financiamiento estructural y de largo plazo de la Reforma Previsional fue diseñado manteniendo la disciplina en materia de manejo fiscal y una rigurosa aplicación de la política fiscal basada en el balance estructural.
Con la ley N° 20.128, sobre Responsabilidad Fiscal, se creó el Fondo de Reserva de Pensiones. Por su parte, la ley N° 20.255, que establece la Reforma Previsional, destinó este instrumento al financiamiento de las obligaciones fiscales...
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