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Acuerdo núm. 1, publicado el 27 de Septiembre de 2023. ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 2580E

Publicado enDiario Oficial
EmisorBANCO CENTRAL DE CHILE
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 2580E

Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile, en su Sesión Extraordinaria Nº 2580E, celebrada el 7 de septiembre de 2023, adoptó el siguiente Acuerdo:

2580E-01-230907 – Aprueba programa especial de emisión de pagarés o certificados de depósitos que den cuenta de depósitos de liquidez recibidos de empresas bancarias, para los fines que indica.

  1. Aprobar un programa especial consistente en otorgar a las empresas bancarias que efectúen Depósitos de Liquidez, la posibilidad de solicitar al Banco Central de Chile (BCCh) que emita uno o más pagarés o certificados de depósito que den cuenta de cada depósito de liquidez realizado en moneda nacional (PDL), siguiendo el formato que se adjunta como Anexo 1 de este Acuerdo. Dichos instrumentos serán emitidos conforme a las facultades que le otorga su Ley Orgánica Constitucional al BCCh, especialmente en sus artículos 34 N° 4, 56 y 57. En lo no previsto en la normativa señalada, se aplicarán las normas sobre operaciones de crédito de dinero que trata la ley N° 18.010 y aquellas pertinentes de la ley N° 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés, y demás normas de la legislación general.

    Los PDL llevarán la firma, indistintamente, del Gerente de División Mercados Financieros, del Gerente de Operaciones de Mercado o del Gerente de Operaciones y Sistemas de Pagos, y otra firma de un apoderado especialmente facultado al efecto por el BCCh, lo que no será necesario acreditar ante terceros. En este acto, se faculta especialmente a los señores Mauricio Álvarez, Andrés Söchting, Leonardo Avendaño y Rodrigo Lozano para los efectos antes señalados. Los PDL podrán ser emitidos ya sea físicamente y/o sin impresión física de los mismos, para lo cual cada empresa bancaria deberá otorgar mandato al BCCh para su entrega a una empresa de depósito de valores constituida conforme a la ley N° 18.876, de 1989, de acuerdo con el formato que se adjunta como Anexo 2 de este Acuerdo.

  2. Disponer que los referidos PDL sean considerados como instrumentos elegibles para garantizar la FCIC. Para estos efectos, se propone modificar el Anexo 1 de la Regulación de la FCIC, agregando una letra E del siguiente tenor:

    "E. Pagarés o certificados de depósito emitidos por el Banco Central de Chile, en pesos y a la orden de su beneficiario, que documentan depósitos de liquidez (PDL) tomados por la respectiva empresa bancaria, de acuerdo con lo...

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