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Decreto 2348 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES Y ACTUACIONES DEL DL Nº2.306, DE 1978, SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor27 de Octubre de 2012

TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES Y ACTUACIONES DEL DL Nº2.306, DE 1978, SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS

Santiago, 17 de agosto de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 2.348 exento.- Visto:

  1. Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile.

  2. Lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del DL Nº 2.306, de 1978.

  3. Ley Nº 20.424 del Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.

  4. DS Nº 19 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.Ene.2001.

  5. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

  6. Lo dispuesto por el Director General de Movilización Nacional.

Decreto:

  1. Fíjanse para regir en el segundo semestre del año 2012 las Tasas de Derechos a las Solicitudes y Actuaciones relacionadas con el decreto ley Nº 2.306, de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas:

  2. Las Tasas de los derechos indicadas precedentemente, regirán desde la publicación del presente decreto supremo. Su vigencia expirará con la publicación del decreto supremo correspondiente al primer semestre de 2013.

  3. Los derechos que afectan a las solicitudes antes citadas, se pagarán de acuerdo a los procedimientos administrativos que establezca la Dirección General de Movilización Nacional, la que también emitirá instrucciones a los Jefes Cantonales de Reclutamiento respecto a las rendiciones de cuentas de los valores recaudados.

    La Dirección General de Movilización Nacional podrá eximir el pago de todo o parte de los derechos que establece la presente Tabla a los ciudadanos residentes en el extranjero o en casos de pobreza comprobada, ambos en casos calificados.

    Anótese...

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