Acceso a la mediación - Primera parte. Conceptualización y principios de la mediación - La mediación por el mundo: Un camino hacia la paz (Mediación y mediadores, Principios y técnicas de mediación) - Libros y Revistas - VLEX 1027554437

Acceso a la mediación

AutorRoksolana Vasyliuk
Cargo del AutorAbogada
Páginas83-108
83
acceso a la Mediación
Roksolana Vasyliuk
SUMARIO: 1. Acceso a la justicia y los mecanismos alternativos de resolución
de litigios (ADR). 2. Acceso al procedimiento de mediación: los tipos
previstos por la Directiva 2008/52/CE. 3. Mediación obligatoria en el
ámbito europeo. 4. La mediación solicitada (delegada) por el juez. 5.
Conclusiones.
1. acceso a la justicia y los Mecanis Mos alternativos de resolució n de
litigios (adr)
Los sistemas alternativos de resolución de litigios (el término utilizado para
referirse a ellos es A.D.R.1) se han promulgado, en gran parte del mundo, para
lograr el objetivo de fomentar y promover un mejor acceso a la justicia2. La
noción del principio3 ahora popular se centra y refuerza la convención común
de la incapacidad4 de la mayoría de las personas para ejercer sus derechos
Abogada.
1 menKel-meadow C., The History and Development of “A”DR (alternative/appropriate dispute
resolution),Völkerrechtsblog, 2016.
2 daVis w. , turKu h., Access to Justice and Alternative Dispute Resolution, J. DISP. RESOL.,
Vol. 47, 2011.
3 The words “access to justice” are admittedly not easily dened, but they serve to focus on two
basic purposes of - the legal system- the system by which people may vindicate their rights and/
or resolve their disputes under the general auspices of the state. First, the system must be equally
accessible to all; second, it must lead to results that are individually and socially just” in Bryant
G.G., CaPPelletti m., Access to Justice: The Newest Wave in the Worldwide Movement to Make
Rights Effective, 1978, Articles by Maurer Faculty, paper 1142, p. 182 – 183, Disponibile sul:
http://www.repository.law.indiana.edu/facpub/1142.
4 Bryant G. G., CaPPelletti m., Access to Justice …, p. 183: “Relieving “legal poverty”- the in-
capacity of many people to make full use of the law and its institutions was not the concern of the
state.”. Vedi anche la relazione di Hina Jilani, Founder, Women’s Legal Aid Cell, Pakistan,
presentata in ocassione di Symposium, What is Access to Justice? Identifying the Unmet Legal
Needs of the Poor:I think it was very correctly stated that access to justice is not just for those
without money. It’s not just the poor who need access to justice and who need the support of
Legal Aid in order to get justice. There are many conditions which could be as crucial as poverty
84
legales a través del sistema tradicional de procedimientos civiles, penales y
administrativos. Incluso en el caso del arbitraje5, el acceso a la justicia a veces
es limitado, debido a la imposibilidad de mantener los gastos, en relación
con la asistencia. Aunque el arbitraje se considera como un medio alternativo
para resolver disputas, especialmente la adjudicación, en los últimos años ha
estado perdiendo su primacía entre los ADR6.
Fue la crisis del sistema de proceso de justicia7 lo que impulsó la búsqueda
de nuevas8 herramientas y técnicas más adecuadas a la realidad, llamadas a
favorecer la accesibilidad al público y la simplicación de la resolución de
litigios (c.d. access to justic emovement9). El país que promovió el “movimiento
de ADR” fue Estados Unidos de América10, que, para superar la insatisfacción
popular con la administración de justicia de la década de 1970, conocida como
litigation explosion11, optó por “resucitar” el sistema alternativo de resolución
and would need support as much as those who are poor would. (Symposium, What is Access to
Justice? Identifying the Unmet Legal Needs of the Poor, Fordham International Law Journal,
2000, vol. 24, Issue 6, Article 10, p. 212). Los oradores Philip Alston, el Dr. Alex Boraine,
la juez Catherine Brannon, HinaJilani y el juez Earl Johnson Jr. discutieron el acceso a la
justicia para los pobres y cómo el sistema actual no responde a las necesidades legales de
los pobres y qué progreso se están llevando a cabo en este campo en sus respectivos países
(Sudáfrica, Australia, Pakistán y Estados Unidos).
5 El legislador europeo en la Parte 1 del Libro Verde sobre resolución alternativa de
conictos en materia civil y mercantil (/* COM/2002/0196 denitivo */, (disponibi-
le sull : https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/ALL/?uri=CELEX%3A52002DC0196/*
COM/2002/0196) excluye el arbitraje por el método ADR: “Los métodos alternativos de
resolución de disputas, a los efectos de este Libro Verde, se denen como procedimientos
de resolución extrajudicial de litigios realizados por un tercero neutral, con la exclusión
del arbitraje”. Como se ha enfatizado anteriormente: “El arbitraje está más cerca de un
procedimiento cuasi judicial que de un ADR, ya que los laudos arbitrales reemplazan las
decisiones judiciales. El arbitraje es sujeto a una serie de instrumentos legislativos en los
Estados miembros e internacionalmente, como la Convención de Nueva York de 1958
sobre el reconocimiento y la ejecución de decisiones de arbitraje extranjero: http://www.
uncitral.org/en-index.htm o, en el marco del Consejo de Europa, la Convención Europea
de 1966 que establece una ley uniforme sobre arbitraje http://conventions.coe.int/Treaty/EN/
cadreprincipal.htm”.
6 nolan-haley j.m., Mediation, The “New Arbitration”, Harvard Negotiation Law Review,
Vol. 17, p. 62 – 95; BarKett j.m.; Avoiding the Costs of International Commercial Arbitration: Is
mediation a solution?, in Contemporary issues in International Arbitration and Mediation,
The Fordham Papers, editor Arthur W. Rovine, 2010, pp. 357 – 403.
7 En general: CaPPelletti m., Dimensioni della giustizia nelle società contemporanee: studi di
diritto giudiziario comparato, Bologna: Il mulino, 1994, 206 p.
8 La expresión ADR es reciente, pero indica las raíces muy antiguas en diferentes partes del
mundo.
9 “Tercera ola” en el movimiento por el acceso a la justicia en Bryant G.G., CaPPell etti m.,
Access to Justice…, 1978.
10 auerBaCh j.s., Justice without law?, Oxford University Press, 1983, p. 3:“…Americans, who
belongs to the most legalistic and litigious society in the world...”.
11 Sobre “litigation explosion” v.: Galanter m., The Day After the Litigation Explosion, Md.
L. Rev., Vol. 46, 1986, disponible en: http://digitalcommons.law.umaryland.edu/mlr/vol46/
roKsolana VasyliuK

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR