Resolucion núm. 1964 EXENTA, el 18 de Abril de 2008. ESTABLECE CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DOCENTE PARA EL AÑO 2008 E IDENTIFICA COMUNAS Y NIVELES QUE SERÁN EVALUADOS DURANTE EL PRESENTE AÑO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DOCENTE PARA EL AÑO 2008 E IDENTIFICA COMUNAS Y NIVELES QUE SERÁN EVALUADOS DURANTE EL PRESENTE AÑO
Núm. 1.964 exenta.- Santiago, 24 de marzo de 2008.- Considerando:
Que, el artículo 70 del decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1996, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070, establece un sistema de evaluación de los profesionales de la educación que se desempeñen en funciones de docencia de aula, de carácter formativo, orientado a mejorar su labor pedagógica y promover su desarrollo profesional continuo.
Que, la ley Nº 19.961 estableció las normas que regulan la evaluación de dichos profesionales de la educación, modificando y complementando el artículo 70 señalado.
Que, el decreto supremo de Educación Nº 192, del 30 de agosto de 2004, que aprueba el Reglamento sobre Evaluación Docente, establece que corresponde al Ministerio de Educación, a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, realizar la coordinación técnica para la adecuada aplicación de los procesos de evaluación y fijar su calendarización a más tardar el 30 de junio de cada año.
Que, considerando la disponibilidad presupuestaria establecida por la ley Nº 20.232, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2008, es necesario identificar las comunas, los sectores y niveles que serán evaluados durante el presente año.
Que, por lo anterior, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; y
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que Reestructuró el Ministerio de Educación; la ley Nº 20.232 que fija la Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2008; la ley Nº19.933, que otorga un mejoramiento especial a los Profesionales de la Educación; las leyes Nos 19.961 y 19.997, sobre Evaluación Docente; el DFL Nº 1, de Educación, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070; el decreto Nº 192, del 30 de agosto de 2004, que aprueba el Reglamento sobre Evaluación Docente; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones y; demás antecedentes tenidos a la vista, y
Resuelvo:
Fíjase, en el marco del proceso de evaluación del desempeño profesional docente para el año 2008, la calendarización de etapas y actividades que a continuación se indica:
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Distribución y entrega de Portafolios a los docentes que serán evaluados durante el proceso 2008: entre el 23 de junio y el 11 de julio de 2008.
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Período de elaboración de los Portafolios por los docentes: entre el 4 de agosto y el 17 de octubre de 2008.
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Elaboración y entrega de la Autoevaluación:
entre el 4 de agosto y el 5 de septiembre de 2008.
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Proceso de corrección de Portafolios: del 22 de diciembre de 2008 al 30 de enero de 2009.
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Período de funcionamiento de las Comisiones Comunales de Evaluación: entre el 23 y el 27 de febrero de 2009.
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Entrega de Informes de Resultados a los
docentes: entre el 23 y el 27 de marzo de 2009.
Declárase, para todos los efectos legales, que durante el año 2008 serán evaluados los docentes de aula del ámbito de la educación municipal, que cumplen funciones en el Nivel de Educación Parvularia; en Primer Ciclo de Enseñanza Básica en, a lo menos, los subsectores de Lenguaje y Comunicación y Educación Matemática; los docentes de Segundo Ciclo de Enseñanza Básica que impartan Lenguaje y Comunicación, Educación Matemática, Estudio y Comprensión de la Sociedad, Estudio y Comprensión de la Naturaleza, Educación Física, Inglés, Artes Visuales, Artes Musicales, Religión (Católica o Evangélica) o Educación Tecnológica; y los docentes de Enseñanza Media que impartan Lengua Castellana, Matemática, Historia, Biología, Física, Química o Educación Física en las comunas que a continuación se indican:
Nº Región Comuna
1 Arica y Parinacota Putre 2 Arica y Parinacota Camarones 3 Arica y Parinacota General Lagos
4 Tarapacá Camiña
5 Tarapacá Colchane
6 Tarapacá Huara
7 Tarapacá Iquique
8 Tarapacá Pica
9 Tarapacá Alto Hospicio
10 Antofagasta María Elena
11 Antofagasta Antofagasta
12 Antofagasta Calama
13 Antofagasta San Pedro de Atacama
14 Antofagasta Tocopilla
15 Antofagasta Sierra Gorda
16 Antofagasta Ollagüe
17 Atacama Alto del Carmen
18 Atacama Chañaral
19 Atacama Diego de Almagro
20 Atacama Freirina
21 Atacama Huasco
22 Atacama Tierra Amarilla
23 Atacama Caldera
24 Coquimbo Coquimbo
25 Coquimbo Combarbalá
26 Coquimbo La Higuera
27 Coquimbo Los Vilos
28 Coquimbo Río Hurtado
29 Coquimbo Paihuano
30 Coquimbo Andacollo
31 Coquimbo Puchuncaví
32 Coquimbo Quilpué
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