Ingreso de proyecto . - Proyectos de Ley (Expresiones) - Iniciativas legislativas - VLEX 914505703

Ingreso de proyecto .

Fecha05 Marzo 2012
EtapaPrimer trámite constitucional / C.Diputados


Modifica la ley N° 19.995, que establece las bases generales para la

autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego

prohibiendo la existencia de actividades símiles a juegos de azar

para menores de edad '

Boletín N° 8159-06




La Ley de Casinos representa un importante avance en la regulación y promoción de la actividad del juego organizado y legal en nuestro país, lo que ha posibilitado la licitación de diversos establecimientos dedicados a este rubro, significando grandes ingresos para los municipios donde se encuentran ubicados.

Esta norma ha venido a satisfacer una demanda creciente por parte de las personas, de acceder legítimamente a la posibilidad de apostar y participar en juegos de azar premiados en dinero, entretenerse sanamente y ejercer la libertad que como adultos tiene todo individuo de destinar su patrimonio y tiempo a lo que desee.

Sin embargo, la realidad ha demostrado que lamentablemente, existen ciertas políticas enmarcadas en la mercadotecnia y servicio al cliente que a nuestro entender ensucian el sistema, al ofrecer a los padres, sitios para dejar a sus hijos mientras ellos disfrutan de los juegos en las salas destinadas al efecto, al tiempo que los mismos niños son sometidos a un bombardeo de actividades que más que juegos para personas de su edad, están destinadas directamente a crear una necesidad futura por los juegos de azar. En efecto, en no pocos casinos es posible verificar la existencia de estas zonas especialmente habilitadas, donde los niños "juegan" apostando dinero simulado, aprendiendo muchas veces las reglas de juegos reales de azar lo que los predispondrá indudablemente en el futuro al juego verdadero.

Creemos necesario entonces regular esta materia a objeto de no condicionar la voluntad de los niños, creando potenciales clientes a partir de personas incapaces. A este objeto, presentamos el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo primero: Agrégase al artículo 3° de la ley N° 19.995 que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, una nueva letra c) reordenando las siguientes que mantienen el mismo orden correlativo a partir de la letra d), del siguiente tenor:

Artículo 3°.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

c) Actividades símiles a juegos de azar: Toda aquella actividad cuyo resultado incierto de ganancia o pérdida dependa del acaso o de la suerte, y en las cuales no existe un premio avaluable en dinero.

Artículo segundo: Agrégase un nuevo inciso segundo al artículo 48 de la Ley 19.995 del...

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