Decisión nº C726-10, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539920874

Decisión nº C726-10, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaAdministración y Gestión Pública, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C726-10

Entidad pública: Municipalidad de Macul

Requirente: Eusebio Rivera Muñoz

Ingreso Consejo: 21.10.2010

En sesión ordinaria N° 208 de su Consejo Directivo, celebrada el 17 de diciembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C726-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 23 de agosto de 2010 don Eusebio Rivera Muñoz, solicitó a la I. Municipalidad de Macul se le otorgare copia del Acuerdo Nº 295/2010, conforme a lo señalado en los artículos 10, 11 letra k) y 18 de la Ley de Transparencia. Solicita que la entrega de la información sea gratuita, pudiéndose exigir sólo el pago de los costos directos de reproducción, haciendo presente en su solicitud que la Municipalidad de Macul no puede exigir el pago de 0.0035 UTM por fotocopia.

2) RESPUESTA: La I. Municipalidad de Macul, a través de su Alcalde, respondió dentro de plazo, mediante Ord. Alc. Nº 4021, del 31 de agosto de 2010, en el cual le informa al requirente que la documentación solicitada se encuentra a su disposición en la Oficina de Partes del Municipio, la que podrá retirar previo pago de los correspondientes derechos establecidos en la Ordenanza Municipal vigente, los que ascienden a 0,0035 UTM por cada hoja. Posteriormente, el 25 de octubre de 2010, el reclamante envía una carta dirigida al Alcalde de la Municipalidad de Macul, en la que señala que el valor de $130 por hoja cobrado por la Municipalidad es excesivo considerando lo dispuesto por la Ley de Transparencia y la Instrucción General Nº 6 del Consejo para la Transparencia, sobre gratuidad y costos directos de reproducción. Por su parte, la Municipalidad de Macul complementó su respuesta mediante el Ord. Nº 4827, de 3 de noviembre de 2010, a través del cual informa al reclamante que toda la información solicitada se encuentra a su disposición en la Secretaría Municipal, previo pago de los respectivos derechos municipales, sin embargo, hace presente que se está estudiando y analizando el costo de dichos derechos.

3) AMPARO: Don Eusebio Joel Rivera Muñoz dedujo amparo a su derecho de acceso a la información ante este Consejo el 21 de octubre de 2010 en contra de la Municipalidad de Macul, señalando que se efectuó un cobro excesivo por fotocopia de los documentos solicitados, al establecer la Ordenanza Municipal existente valores que se encuentran por sobre los costos directos de reproducción que autoriza la ley.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo trasladándolo mediante Oficio N° 2.346, de 9 de noviembre de 2010, al Alcalde de la Municipalidad de Macul. Mediante Ordinario N° 5.369, de 3 de diciembre de 2010, éste señala que:

a) Existe Ordenanza Municipal vigente de derechos municipales por concesiones, permisos y servicios, en donde se establece que las fotocopias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR