Decisión nº C931-10, de Consejo de Transparencia de 24 de Febrero de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539912182

Decisión nº C931-10, de Consejo de Transparencia de 24 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaRegulación Interna
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C931-10

Entidad pública: Municipalidad de La Reina

Requirente: Tomás Sargent Villarreal

Ingreso Consejo: 17.12.2010

En sesión ordinaria N° 220 de su Consejo Directivo, celebrada el 24 de febrero de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C931-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Tomás Sargent Villarreal, el 9 de noviembre de 2010, solicitó a la Municipalidad de La Reina (en adelante también “la Municipalidad”) que le proporcionara la siguiente información:

a) Todo conocimiento que se tenga acerca de la existencia y características de las acreencias que la Municipalidad haya tenido en contra de cualesquiera persona jurídica, derivada de actos de ocupación o alteración que se hubieren practicado en los bienes nacionales de uso público situados en la esquina sur-oriente del cruce de la avenida Príncipe de Gales con la calle Carlos Ossandón, de la comuna de La Reina, en una longitud de 83 metros junto a cada una de esas vías dentro del tiempo intermedio entre los meses de junio de 2008 y diciembre de 2009.

b) Identificación de las personas naturales o jurídicas que, interesadas en los actos de ocupación y alteración mencionados precedentemente, “hubiesen encargado su ejecución en calidad de mandantes, por sí o por interpuesta persona, pidiendo que, en este punto, se tenga presente la posibilidad de que se haya mencionado a quien estuviese a cargo de la obra en calidad de mandante en la solicitud y tramitación del permiso de obra menor N° 116/2008 que la Dirección de Obras de la Municipalidad otorgó a la empresa constructora Mavimix limitada en calidad de mandatario”.

c) De la información documentada que se tenga acerca de los dos puntos anteriores, se pide copia fiel, especialmente del Ingreso D.O.M. N° 5454/2008, así como de los demás antecedentes que se haya tenido a la vista al otorgar dicho permiso, excluyendo de esta solicitud el Permiso de...

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