Dictamen nº 485 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239542050

Dictamen nº 485 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 1988

fondo de obras sociales creado por ley 16735 art/101, complementado por ley 17537 y que es administrado por vicepresidente ejecutivo de caja de prevision de empleados particulares es un organismo dependiente de caprempart, porque dichas leyes no lo crearon como un organismo autonomo; por tanto, en lo que tales ordenamientos no previenen, su administracion debe sujetarse a normas generales que rigen para esa entidad previsional. como legislacion concerniente al fondo no contempla normas acerca de los trabajadores que atienden las funciones inherentes al mismo, ya se trate de gastos para retribuir al personal, como respecto de su regimen estatutario, corresponde aplicar las disposiciones ordinarias que en tales materias rigen para esa caja, debiendo regirse la contratacion y cese de funciones del personal asignado a las labores relativas al fondo, por dfl 338/60 y demas normas generales referidas a esta materia. asimismo, por no existir norma especial que autorice una modalidad diferente, el financiamiento e imputacion de los gastos por remuneraciones tienen que...

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