Causa nº 8027/2009 (Otros). Resolución nº 12512 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Abril de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 333059662

Causa nº 8027/2009 (Otros). Resolución nº 12512 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Abril de 2010

Fecha de Resolución21 de Abril de 2010
MovimientoRECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso8027/2009
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintiuno de abril de dos mil diez.

Vistos:

En estos autos RUC N°0940009014-6 y RIT N°O-5-2009, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, doña S.R.S. deduce demanda en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Cuprum S.A., representada por don J.F.R.L., a fin que se declare la ilegalidad de los descuentos realizados por ésta sobre las remuneraciones e indemnizaciones que indica y se ordene su reintegro, así como el pago del bono de desempeño correspondiente a los meses trabajados en el año 2008.

Evacuando el traslado conferido, la empleadora solicitó el rechazo de la acción, arguyendo que las rebajas alegadas se efectuaron, en los estipendios mensuales de la actora según la cláusula novena del contrato de trabajo suscrito por las partes y en las indemnizaciones por término de la relación laboral, de acuerdo al mandato otorgado para dicho fin por ella en el pacto de mutuo con la entidad bancaria acreedora. Controvierte que sea procedente el pago del bono exigido.

El tribunal de primer grado, en sentencia de tres de julio de dos mil nueve, hizo lugar a la demanda, sólo en cuanto la empresa deberá restituir a la actora la suma de $2.947.880, descontado de sus remuneraciones e indemnización, con los reajustes pertinentes, sin condenar en costas.

En contra del referido fallo, la demandada interpuso recurso de nulidad, el que fundó, primeramente, en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, al haberse infringido por la sentenciadora las normas contenidas en los artículos 5, 7, 9 y 58 del mismo cuerpo legal, así como el artículo 2116 del Código Civil, por cuanto los descuentos realizados en las liquidaciones de sueldo de la trabajadora lo fueron por aplicación del llamado ?fac tor ajuste por solicitudes de incorporación y órdenes de traspaso?, establecido en una de las cláusulas del contrato laboral; añade que se sustentó la rebaja del resarcimiento por término de la relación laboral en el mandato firmado por la actora y el banco mutuante. Invoca, asimismo, la causal de invalidación contemplada en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, por haberse infringido las reglas de la sana crítica en el fallo.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso, conociendo del recurso de nulidad señalado, lo rechazó por resolución de cinco de octubre de dos mil nueve.

En contra de la última decisión descrita, la Administradora de Fondos de Pensiones Cuprum S.A., deduce recurso de unificación de jurisprudencia solicitando que esta Corte lo acoja y declare que tanto los descuentos practicados por factor de ajuste, como la retención de las indemnizaciones en el finiquito sobre la base del mandato otorgado en el mutuo respectivo, son ajustadas a derecho.

Se ordenó traer estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la recurrente sustenta su pretensión de...

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