Causa nº 4457/2011 (Casación). Resolución nº 4457-2011 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 23 de Junio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 287389123

Causa nº 4457/2011 (Casación). Resolución nº 4457-2011 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 23 de Junio de 2011

JuezS Gabriela Pérez P.,Ricardo Peralta V.,Rosa Egnem S.,Patricio Valdés A.,Rosa María Maggi D.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Corte en Segunda Instancia C.A. DE ARICA
Ruc000000000-0
Número de expediente4457-2011
Rol de ingreso en Cortes de Apelación682011
Número de registrocor0-tri6050000-rec44572011-tip4-fol26640
Fecha23 Junio 2011
Partes PARIS OSORIO MARIA CON CESPEDES RODRIGUEZ PABLO
Rol de ingreso en primera instanciaC5082010
Tipo de proceso(Civil) Casación Fondo
MateriaDerecho Procesal
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, veintitrés de junio de dos mil once.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en el articulo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada a fojas 194.

Segundo

Que la recurrente denuncia la infracción de los artículos 318,341 y 1698 del Código Civil. Argumenta que la sentencia incurrió en error de derecho al acoger la demanda, a pesar que su representada se encontraba al día en el pago de las rentas de arrendamiento. Agrega que el error se produjo al no haberse analizado la prueba rendida.

Tercero

Que las argumentaciones efectuadas por la recurrente se basan en la errónea ponderación de la prueba rendida, denunciando exclusivamente la infracción de normas de carácter adjetivas que no resuelven el asunto debatido, puesto que para ello requiere de la aplicación de reglas sustantivas, las que, como se advierte, no fueron denunciadas en el recurso, como son los artículos 1489 del Código Civil y 1,9 y 11 del Decreto Ley N°993, sobre arrendamiento de predios rústicos.

Cuarto

Que, por último, la omisión en analizar uno o más de los elementos probatorios allegados al proceso, aún en el evento de existir sólo podría llegar a constituir un vicio de carácter formal, no susceptible de invocarse por esta vía.

Quinto

Que por lo razonado se concluye que el recurso en examen adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que permite su rechazo en esta etapa de tramitación.

Por estas consideraciones y en conformidad a las normas legales citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo, deducido por la demandada a fojas 194, contra la sentencia de diecinueve de abril del año en curso, escrita a fojas 190.

Regístrese y devuélvase.

N° 4457-11.

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Patricio Valdés A., señoras G.P.P., R.M.M.D., R.E.S., y el Abogado Integrante señor Ricardo Peralta V. Santiago, 23 de junio de 2011.

Autoriza la Ministra de Fe de la...

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