Sentencia nº Rol 1884 de Tribunal Constitucional, 27 de Enero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 245843766

Sentencia nº Rol 1884 de Tribunal Constitucional, 27 de Enero de 2011

Fecha27 Enero 2011
MateriaDerecho Constitucional

Santiago, veintisiete de enero de dos mil once.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. Que, por resolución de 6 de enero de 2011 –fojas 50-, esta S. acogió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que ha deducido el señor M.S.C., en representación de Inmobiliaria ESA Limitada, respecto de los artículos , y 22 de la Ley Nº 16.741, que Establece Normas para Saneamiento de los Títulos de Dominio y Urbanización de Poblaciones en Situación Irregular, en el recurso de casación en la forma que se encuentra pendiente ante la Corte Suprema, en los autos sobre nulidad de derecho público caratulados “Inmobiliaria ESA Ltda. con Fisco”, Rol de ingreso Nº 469-2009.

    En la misma oportunidad se dispuso, entre otras medidas y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, conferir traslado por diez días al Fisco de Chile, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, en su condición de parte en la mencionada gestión judicial;

  2. Que, a su vez, tomando conocimiento del estado de avance de la tramitación del recurso de casación en la forma en el que incide la acción constitucional de estos autos, la Sala, por resolución de 19 de enero de 2011 –fojas 105-, decretó la suspensión del respectivo procedimiento, disponiéndose la forma de comunicar la resolución a la Corte Suprema; trámite que fue cumplido, según consta a fojas 115 y 117;

  3. Que, a fojas 107, el Abogado Procurador Fiscal (S) del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, evacuó el traslado conferido, solicitando que el requerimiento de inaplicabilidad deducido fuera declarado inadmisible, por cuanto, a su juicio y apoyado en las argumentaciones que expone, se verificarían las causales que a esos efectos prevén los numerales 5º y 6º del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional;

  4. Que, a los efectos de examinar la admisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad que es materia de este proceso constitucional, se debe tener presente que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución.”. A su vez, el inciso decimoprimero del mismo precepto fundamental señala: “En el caso del número 6º, la cuestión podrá ser...

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