Dictamen nº 39962 de Contraloría General de la República, de 19 de Octubre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239803246

Dictamen nº 39962 de Contraloría General de la República, de 19 de Octubre de 2000

N° 39.962 Fecha: 19-X-2000

Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General, el Alcalde de la Municipalidad de Combarbalá, solicitando, por una parte, se ordene a la Dirección del Trabajo se pronuncie respecto de la ilegalidad del proceso eleccionario de la Asociación de Funcionarios de dicho Municipio, efectuado en diciembre de 1998 y por otra, la reconsideración de lo concluido en el dictamen N° 29.203 de 2.000, en lo que se refiere a dejar sin efecto la medida de destinación que se aplicó a don Jaime Milla Aguilar, por cuanto -según se señala en esta oportunidad-, no procede aceptar como legítimo su derecho a fuero gremial, en circunstancias que aún no se emite ningún pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del ya referido proceso eleccionario.

Del mismo modo, la Sede Regional de Coquimbo, mediante el presente oficio, ha informado la constitución de personal de dicha Oficina en dependencias de la referida Entidad Edilicia, verificando el cumplimiento de los dictámenes N°s 28.642 de 1999 y 3.829 de 2.000, que resolvieron que el señor M. A. debía ser restituido en el cargo de Director de Tránsito.

Sobre el particular, cumple esta Contraloría con reiterar el criterio sustentado en el dictamen N° 10.432 de 2.000, el que, -en lo pertinente-, determinó que el artículo 64 de la Ley N° 19.296, entrega a la Dirección del Trabajo las atribuciones y competencia respecto de las Asociaciones de Funcionarios de la Administración del Estado, limitándose las facultades de este Organismo de Control a la fiscalización del cumplimiento de los preceptos que se refieren a los derechos y deberes de los funcionarios públicos que tienen la calidad de dirigentes de las mismas, sin que a esta Entidad de Control le corresponda interpretar el artículo 10, N° 2 de la Ley N° 18.593.

En concordancia con lo anterior, es preciso señalar que esta Entidad Fiscalizadora mantiene en todas sus partes los pronunciamientos emitidos sobre la materia mediante los dictámenes N° 28.642 de 1999, 3.829 y 29.203 de 2.000, que concluyeron -aplicando una reiterada jurisprudencia administrativa-, que el derecho que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR