Dictamen nº 35216 de Contraloría General de la República, de 13 de Septiembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239785754

Dictamen nº 35216 de Contraloría General de la República, de 13 de Septiembre de 2000

N° 35.216 Fecha: 13-IX-2000

La Municipalidad de Salamanca ha reclamado en contra de la Municipalidad de Santiago por la demora en que ha incurrido en la derivación de los fondos correspondientes a la distribución de la patente comercial N° 734.564-K, pagada en dicho municipio por Minera Los Pelambres.

Mediante oficio N° 390, de 2000, la Municipalidad de Santiago ha informado al respecto, precisando que, por las razones que señala, no fue posible emitir, oportunamente, el certificado de distribución de capital propio, el cual, finalmente, el 22 de Marzo pasado, fue extendido con el N° 2457, distribuyendo en forma proporcional el capital declarado, tomando como base los trabajadores que laboran en cada una de las municipalidades donde existen sucursales -Salamanca y Los Vilos- y remitiendo, a su vez, a la entidad recurrente el valor correspondiente al segundo semestre de 1999, con lo que habría quedado pendiente sólo la segunda cuota del 1er semestre de 2000, a la espera del informe de este Organismo Contralor.

Por su parte don Francisco Veloso B., abogado de Minera Los Pelambres, ha señalado que desde su constitución la referida empresa ha tenido sus oficinas en la comuna de Santiago, donde ha efectuado la declaración de su capital propio y pagado la respectiva patente comercial. Agrega que, con fecha 6 de Octubre de 1999, se solicitó a la Municipalidad de Salamanca la patente correspondiente -considerando que se iniciarían las actividades de explotación comercial del referido yacimiento minero y de su planta de beneficio- la cual no ha sido otorgada, por no haberse recibido el pago proporcional que le correspondería, razón por la cual solicita se ordene a la Municipalidad de Santiago que, a la brevedad, disponga la remisión de los fondos correspondientes.

De los antecedentes acompañados se infiere que la referida empresa tiene su casa matriz en la comuna de Santiago y su personal distribuido en las comunas de Salamanca y Los Vilos, sin que la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Santiago haya remitido, íntegramente, la parte de la patente que corresponde a la Municipalidad de Salamanca, donde se encuentra una de las sucursales.

Sobre la materia, cumple señalar que, de conformidad con el artículo 25 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por Decreto N° 2385, de 1996, del Ministerio del Interior, en los casos de contribuyentes que tengan sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras...

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