Dictamen nº 21828 de Contraloría General de la República, de 14 de Agosto de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 239772642

Dictamen nº 21828 de Contraloría General de la República, de 14 de Agosto de 1984

entrada en vigor de nuevas normas sobre pensiones y sobre instituciones de salud previsional, no ha alterado la sujecion de los empleados municipales a ley 11469 art/41, precepto que contiene las disposiciones vigentes en materia de licencias por enfermedad comun de ese personal. atendido lo dispuesto en dl 1289/75 art/3 tran num/4 los empleados municipales que a la fecha de vigencia de ese cuerpo legal se regian por ley 11469 art/41, mantienen esa normativa, ya que las licencias medicas en nuestro ordenamiento juridico constituyen beneficios propios de la seguridad social y, mas concretamente, derechos previsionales de los respectivos trabajadores, quedando por lo tanto comprendidos en aquella disposicion transitoria, no obstante la derogacion dispuesta por dl 1289/75 art/fin. respecto de las instituciones de salud previsional, estas tienen por objeto sustituir en el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de salud a los servicios de salud y al fondo nacional de salud, por lo que el derecho establecido en ley 11469 art/41, que no configura un subsidio que corresponda pagar a esos...

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