Dictamen nº 3531 de Contraloría General de la República, de 29 de Diciembre de 1973 - Doctrina Administrativa - VLEX 239715726

Dictamen nº 3531 de Contraloría General de la República, de 29 de Diciembre de 1973

juez de policia local que desempena dicho cargo en dos municipios tiene derecho a gozar de trienios en cada uno de ellos, conforme a ley 11469 art/27 inc/4, art/61 y art/62, art/48 del reglamento del estatuto de los empleados municipales a lo expresado en circular num/14 del subdepartamento de municipalidades y a que este beneficio lo concede la ley al funcionario municipal como tal, sin considerar otras actividades que pueda desarrollar, para lo cual, computo de tiempo debe efectuarse independientemente en cada municipio, considerando anos servidos en municipalidad respectiva...

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