Dictamen nº 32307 de Contraloría General de la República, de 29 de Agosto de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239672778

Dictamen nº 32307 de Contraloría General de la República, de 29 de Agosto de 2001

N° 32.307 Fecha: 29-VIII-2001

Don C.D., Inspector ® de la Policía de Investigaciones de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si la asignación de actividad peligrosa o nociva para la salud, es incompatible con el sobresueldo por desempeño en Unidades Policiales Especializadas, con el objeto de obtener la reliquidación de su pensión de retiro.

Requerido su informe, la Jefatura del Personal de la citada Institución Policial, mediante oficio ® N° 1.822, de 2001, ha manifestado, en síntesis, que por resolución N° 491, de 1993, se le reconoció al interesado el derecho a percibir el sobresueldo por desempeño en actividades peligrosas y nocivas para la salud, conforme con lo establecido en el articulo 46, letra i), del DFL (I) N° 2, de 1968, y en los artículos 16 y 17 del decreto N° 70, de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Investigaciones, que aprueba el Reglamento de Sobresueldos y Gratificaciones Especiales.

Posteriormente, agrega, a través de la resolución N° 941, de 1998, se le reconoció al interesado el derecho a percibir el sobresueldo por desempeño en una Unidad Policial Especializada, establecido en el artículo 48, letra d), del citado DFL (I) N° 2, de 1968, y en e1 artículo 9 del antedicho decreto N° 70, de 1979, beneficio económico que conforme con lo dispuesto en el artículo 28 del mencionado Reglamento de Sobresueldos y Gratificaciones Especiales, es incompatible con la asignación por desempeño en actividades peligrosas y .nocivas para la salud, razón por la cual se ordenó el cese del goce de esta última franquicia remuneratoria.

En relación con la materia, cabe manifestar, en primer término, que conforme con lo dispuesto en el artículo 101 del DFL N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Investigaciones, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, el personal afecto a ese cuerpo legal se encuentra asimilado a la Escala de Sueldos y al Sistema de Remuneraciones actualmente existente para Carabineros de Chile, o que se establezca en el futuro.

En este orden de consideraciones, conviene tener presente que el Sistema de Remuneraciones existente para Carabineros de Chile en la actualidad, es el contenido en el Estatuto del Personal de esa institución, contemplado en el referido DFL N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, incluidas las modificaciones introducidas por el DFL N° 1, de 1998, del Ministerio de...

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