Dictamen nº 38451 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239623482

Dictamen nº 38451 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 2000

N° 38.451 Fecha: 6-X-2000

La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 256, de 2000, del Ministerio de Bienes Nacionales, que autoriza la permuta de los inmuebles fiscales que singulariza, situados en las comunas de Pica e Iquique, por otros de propiedad de la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM, comuna y provincia de Iquique, todos en la I Región de Tarapacá, por cuanto en su concepto no se ajusta a derecho.

En efecto, por oficio N° SE01-0540-1999, de 26 de mayo de 1999, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, señala que los departamentos, estacionamientos y bodegas que adquiera el Fisco, a través de la permuta en comento, situados en el Edificio El Faro de Cavancha, serán destinados al Ministerio del Interior, para finalidades diversas, tales como casa de huéspedes y dependencias complementarias para el desarrollo de tareas propias del Gabinete Regional, uso que contraviene lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento de Copropiedad del citado edificio, conforme al cual cada propietario deberá destinar su departamento exclusivamente como vivienda, para la habitación de acuerdo a las normas de D.F.L. N° 2 de 1959, quedando estrictamente prohibido dedicarlo a otras finalidades; las bodegas sólo pueden destinarse para el almacenamiento o depósito de enseres propios del menaje habitual de una casa habitación, aspectos que ratifica el permiso de edificación N° 13 de 1995, de la Dirección de Obras Municipales de Iquique, que autorizó la construcción del mencionado edificio para uso exclusivamente habitacional.

Al respecto y en el evento que los departamentos y demás dependencias se destinaran a uso habitacional, es conveniente considerar que el artículo 9° de la ley N° 19.651, de Presupuestos del Sector Público año 2000, prohíbe a los órganos y servicios públicos la adquisición, construcción o arrendamiento de edificios para destinarlos exclusivamente a casas habitación de su personal.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente que los predios fiscales ubicados en el Sector de Ujina, comuna de Pica, requieren para su enajenación, de la autorización previa de la Dirección Nacional de Fronteras y Limites del Estado, conforme lo prevé...

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