Dictamen nº 29899 de Contraloría General de la República, de 29 de Agosto de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239600466

Dictamen nº 29899 de Contraloría General de la República, de 29 de Agosto de 1994

ex sargento de ejercito no puede considerar en su rejubilacion el beneficio de trienios por servicios prestados en gendarmeria. ello, porque del dfl 1/68 defen art/114 lt/a relacionado con art/108 del mismo texto y dto 204/69 guerra art/492, aparece que para tales fines, solo son utiles los servicios prestados en las entidades que ahi se enumeran taxativamente, o sea, el ministerio de defensa, ejercito, armada, fuerza aerea, carabineros, famae y asmar siempre que ellos no sean paralelos ni simultaneos, debiendo entenderse que la alusion hecha al ministerio de defensa se refiere al desempeno en sus subsecretarias. asi, no encontrandose gendarmeria incluida en la referida enumeracion, los servicios prestados en ella no se pueden considerar en los trienios. por otra parte, desde la vigencia de ley 18694 art/2, las personas cuyas pensiones se reajustan segun dl 2547/79 art/2, cuyo monto sea igual o...

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