Dictamen nº 16352 de Contraloría General de la República, de 9 de Julio de 1991 - Doctrina Administrativa - VLEX 239560934

Dictamen nº 16352 de Contraloría General de la República, de 9 de Julio de 1991

procede rechazar recurso de proteccion interpuesto por pensionado de direccion de prevision de carabineros impugnando dictamen 12555/91 de contraloria, que senalo que al recurrente no le asiste derecho a gozar de renta del grado/3, ya que reubicacion del personal civil de nombramiento supremo que establece ley 18961 art/6 inc/fin, solo se aplica a funcionarios en servicio activo y no a quienes a la fecha de vigencia de esa ley tenian calidad de pensionados. ello, porque dicho dictamen es de fecha 27/5/91, habiendo sido conocido por afectado el 5/6/91 y el recurso fue ingresado a la corte de apelaciones el 24/6/91, en que ya habia transcurrido el plazo fatal de quince dias corridos, requeridos para interponer tal accion cautelar. ademas, tanto de constitucion pol art/20 como del auto acordado de la corte suprema de 29/3/77, se desprende que para determinar cual es el tribunal que debe conocer de un recurso de proteccion, debe atenderse al lugar en que se ha cometido el acto o incurrido en la omision supuestamente arbitraria o ilegal, siendo esta la unica regla de competencia establecida sobre la materia, por lo que habiendo sido el dictamen recurrido emanado de la contraloria general en santiago, el tribunal competente es la corte de apelaciones de esta capital y no la de valdivia ante la cual se ha presentado el libelo en este caso, basandose en que recurrente tiene su domicilio en osorno. otro criterio significaria que en caso de un dictamen concerniente a un grupo de peticionarios con domicilios en distintos lugares del pais, todas las cortes de apelaciones correspondientes a ellos tendrian, simultaneamente, competencia para conocer los recursos de proteccion que se plantearan contra tal pronunciamiento.; interesado plantea una controversia sobre determinadas interpretaciones sustentadas respecto de disposiciones legales y reglamentarias concernientes a la materia, para impugnar dictamen indicado, lo que es por naturaleza de lato conocimiento y, por ende, absolutamente ajeno a la finalidad propia de la proteccion. asimismo, al emitir ese pronunciamiento, contraloria ha ejercido las atribuciones privativas que le confiere la constitucion y ley 10336, por lo que su actuacion al respecto no puede considerarse arbitraria o ilegal permitiendo asi fundar la accion cautelar interpuesta. considerando beneficios previsionales correspondientes al personal pasivo se determinan conforme disposiciones vigentes a la fecha del cese de funciones o...

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