Dictamen nº 16222 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 1991 - Doctrina Administrativa - VLEX 239403678

Dictamen nº 16222 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 1991

en contrato para ejecucion de trabajos de "mejoramiento de red caminera interior de hospital sanatorio el peral" pactado entre contratista y servicio de salud, unidad tecnica, mandataria de la intendencia metropolitana, obra financiada con cargo al fndr - bis 1989, procede que esa intendencia pague a ese contratista obras extraordinarias realizadas a plena satisfaccion de la administracion y que fueran aprobadas por esa entidad. no corresponde que tal pago sea soportado por el servicio de salud, porque conforme terminos del contrato aludido y ley 18091 art/16, el unico obligado al financiamiento es la intendencia en su calidad de mandante, siendo improcedente que la unidad tecnica, a quien solo le incumben los deberes descritos en la indicada convencion y normativa legal aplicable al mandato, soporte tales libramientos. obligaciones referidas no pueden ser desconocidas por el mandante, a menos que hubiere dado instrucciones precisas al respecto que no hubieran sido cumplidas por el mandatario, lo que no ha ocurrido en este caso. si bien la ultima fecha para realizar pagos...

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