Dictamen nº 38369 de Contraloría General de la República, de 18 de Octubre de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239389226

Dictamen nº 38369 de Contraloría General de la República, de 18 de Octubre de 2001

Nº 38.369 Fecha: 18-X-2009

Atiende Oficio N° 157, de 2001, solicitando un pronunciamiento que determine si los vehículos pertenecientes a la Universidad de Santiago de Chile se encuentran exentos del pago de permisos de circulación. Al efecto, se adjunta el oficio Nº 102 del mismo año, por el cual se concluye que dicha franquicia es procedente.

Sobre la materia, corresponde señalar que el artículo 12 del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales -incluido en el Título IV de los impuestos municipales- establece que los vehículos que transitan por las calles, caminos y vías públicas en general, estarán gravados con un impuesto anual por permiso de circulación, a beneficio exclusivo de la municipalidad respectiva, conforme a las tasas que allí se indican.

Fluye de la norma expuesta que el pago por permiso de circulación constituye un impuesto a beneficio municipal, el que por regla general debe ser pagado respecto de todos los vehículos que circulan en el país, salvo -entre otros- por aquéllos a que se refiere el artículo 20 del mismo cuerpo legal.

En efecto, la jurisprudencia de esta Entidad de Control, contenida en los dictámenes Nos 11.984, de 1980, 12.879, de 1982 y 30.248, de 1994, ha establecido que el artículo 65 del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, no ha derogado las exenciones de pago de permisos de circulación de los vehículos pertenecientes a determinadas entidades, a quienes ha reconocido el derecho a seguir gozando de tal franquicia.

Enseguida, y en relación a la Universidad de Santiago de Chile, cabe señalar que el artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 149, de 1981, del Ministerio de Educación, prescribe que esa Casa de Estudios gozará de la exención de cualquier impuesto, contribución, derecho, tasa, tarifa, patente, y otras cargas y tributos de cuales estaba exenta a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley, esto es, el 7 de mayo de 1982.

Ahora bien, a esa fecha se encontraba vigente el Decreto con Fuerza de Ley Nº 2, de 1971, de Educación Pública, cuyo artículo 64, establecía -en lo que interesa- que "la Universidad Técnica del Estado estará exenta de toda clase de impuestos, contribuciones...

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