Dictamen nº 22857 de Contraloría General de la República, de 1 de Julio de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239330086

Dictamen nº 22857 de Contraloría General de la República, de 1 de Julio de 1994

procede desestimar recurso de proteccion interpuesto por television nacional para que corte de apelaciones declare que mientras no se resuelva juicio ordinario declarativo seguido en juzgado civil por esa empresa en contra del fisco, contraloria se abstenga de fiscalizarla. ello, porque esa empresa no se rige por el derecho comun como postula, sino que segun ley 19132, ella es una empresa publica creada por ley, integrante de la administracion estatal, relacionada con el presidente de la republica a traves de la secretaria general de gobierno; con patrimonio integramente estatal, regida por un estatuto de derecho publico contenido en esa misma ley, diferente de la normativa propia de las sociedades privadas y que, junto con senalar la naturaleza y fines de la empresa, regula su administracion, patrimonio, recursos y personal y tambien su fiscalizacion. en este ultimo aspecto, esta sujeta a este ente contralor, conforme art/87 de la constitucion y del modo reglado por ley 19132 art/34 inc/3, como se senala en dictamen 16769/92, cuya reconsideracion fue desestimada por dictamen 2130/93. la emision de tales pronunciamientos, obedece a la atribucion que ha entregado a contraloria citado art/87 de la ley suprema, de precisar el sentido y alcance de las leyes para su correcta aplicacion por los organismos publicos, lo que precisamente se materializa a traves de dictamenes que son obligatorios para aquellos, por mandato expreso de ley 10336 articulos 5 y 6 que constituyen la jurisprudencia administrativa.; asimismo, acorde art/9 de la referida ley organica, los dictamenes emitidos a solicitud de organismos estatales, son obligatorios para estos, siendoles vinculantes, por lo que deben cumplirse cabalmente, sin que exista via de impugnacion o revision ante otras instancias, sean administrativas o jurisdiccionales. asi, la entidad de la administracion estatal que se resiste a cumplir el dictamen, incurre en ilegalidad por infraccion al referido art/9, quebrantando los principios de legalidad y de disciplina que rigen en la administracion y vulnerando gravemente articulos 6 y 7 de la carta politica, con las consiguientes responsabilidades, lo que ocurre precisamente con el senalado dictamen 2130/93, solicitado por television nacional, actitud que dicha empresa intenta cohonestar mediante la interposicion del juicio ordinario de declaracion de mera certeza referido y de esta accion, arrogandose la calidad de demandante en contra de este organismo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR