Dictamen nº 5856 de Contraloría General de la República, de 15 de Febrero de 1995 - Doctrina Administrativa - VLEX 239272094

Dictamen nº 5856 de Contraloría General de la República, de 15 de Febrero de 1995

los vigilantes privados deben ser contratados directamente por los municipios aplicando el codigo del trabajo, previa autorizacion de la prefectura de carabineros respectiva segun dl 3607/81 modificado por las leyes 19303 y 19329 y dto 1773/94 interior. tratandose de rondines, nocheros, porteros u otros que realicen labores similares de seguridad o proteccion a bienes o personas, desde la vigencia de la ley 18883 y, acorde su art/3, procede su contratacion conforme al codigo del trabajo para realizar dichas funciones transitorias en balnearios y otros sectores de recreacion municipales o para desempenarse en servicios traspasados administrados directamente...

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