Dictamen nº 33918 de Contraloría General de la República, de 22 de Diciembre de 1989 - Doctrina Administrativa - VLEX 239259974

Dictamen nº 33918 de Contraloría General de la República, de 22 de Diciembre de 1989

comandante de grupo en retiro de la fuerza aerea que obtuviera pension de retiro desde el 1/4/89, no tiene derecho a computar en la misma la bonificacion de permanencia establecida en ley 16258 art/17, en relacion con ley 15386 art/19, porque acorde esta ultima norma, ese beneficio solo corresponde al imponente de capredena que cumpla con los requisitos para tener derecho a pension con sueldo base integro y que continue en actividad, no siendo procedente incorporar a la pension de retiro dicha franquicia, ya que ella solo favorece al personal en funciones y no al que cesa en ellas. tampoco puede incorporarse la asignacion de movilizacion, ya que ella reviste, por su propia naturaleza, un caracter eminentemente compensatorio de...

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